STEs Castilla y León Informes
 

Informaciones sobre el Nuevo Real Decreto de acceso a la función docente

REAL DECRETO 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

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STEs-i planteará al nuevo Gobierno la retirada del R.D. de acceso a los cuerpos docentes recientemente publicado

Resumen de los aspectos más importantes sobre el desarrollo de la Convocatoria de las Oposiciones de Secundaria (informe sobre las reuniones mantenidas  el 15 y 18 de marzo de 2004 con la Consejería de Educación)

1. Reserva de plazas.

Se reserva el 50% de las plazas para accesos a los cuerpos docentes de grupo superior (del B al A).

Se reserva el 10% de las plazas para personas con discapacidad acreditada.

 

2. Composición de los tribunales.

2.1.  El presidente lo designa la administración y los cuatro vocales serán a sorteo entre los funcionarios de la misma especialidad y provincia. En aquellas especialidades donde no hubiese suficientes profesores de la especialidad en la provincia o Comunidad (plazas de música de los Conservatorios) acudirían a otras provincias o Comunidades.

2.2.   Las plazas ofertadas en la oposición serán globales, sin repartir entre cada tribunal. Éstos sólo evalúan, no seleccionan.

 

3.  Sistema de Selección.

3.1.   Acceso libre.

· Primera prueba:

o Ejercicio práctico (similar a la parte práctica de las convocatorias anteriores).

o Desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal, de los correspondientes al temario de la especialidad.

 

Valoración: se establecen diferentes fórmulas según cuerpos y especialidades:

o Para los Profesores técnicos de FP, Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios y especialidades de Secundaria ligadas a la FP, la parte práctica supondrá el 60% de la nota y el desarrollo del tema el 40%.

o Para el resto de las especialidades (Secundaria), la práctica el 40% y el tema el 60%.

· Segunda prueba: Programación didáctica y elaboración y exposición oral de una unidad didáctica.

o Tal como pidió STEs, el contenido de la programación se precisa más que en el R.D.

la programación se referirá al desarrollo de una asignatura o módulo profesional de la especialidad por la que se participa (un sólo curso y materia), con un mínimo de 15 unidades didácticas y un máximo de 60 folios (sin contar los anexos).

En la especialidad de Psicopedagogía la programación se referirá a la actuación del psicopedagogo en un departamento de Orientación o en un Equipo (a elegir por el aspirante).

La presentación de la programación se realizará una vez superada la primera prueba, y sólo por aquellos que la hayan superado.

o Los aspirantes deben elaborar y exponer ante el tribunal una unidad didáctica, elegida entre tres extraídas por sorteo bien de la programación o del temario de la especialidad (es decisión del aspirante optar por la programación o por el temario).

o Sobre la programación planteamos a la Consejería la necesidad de clarificar y acotar el currículo al que debe ceñirse la programación. Queda pendiente del análisis de los servicios jurídicos.

3.2. Acceso a Cuerpos de Grupo Superior.

. La Exposición oral de un tema elegido por el aspirante de entre seis extraídos por sorteo, de los correspondientes al temario de la especialidad.

. Sólo tendrán prueba práctica aquellas especialidades que ya la tenían en las convocatorias de años anteriores.

 

4. Fase de Concurso

      4.1.  Acceso libre.

· Experiencia docente: 5 puntos; Formación académica: 5 puntos; y Otros méritos: 2 puntos.

4.2. Acceso a cuerpos de Grado Superior.

· Experiencia docente: 5,5 puntos; Formación académica: 3 puntos; y Otros méritos: 3 puntos.

            En cualquier caso, ningún aspirante podrá obtener más de 10 puntos en la fase de concurso.

 

Planteamos a la Consejería la necesidad de acotar en la convocatoria con la máxima claridad posible la valoración de cada uno de los apartados para evitar ambigüedades e interpretaciones a los tribunales:

· Cursos de Formación. Hasta ahora, en las oposiciones a Secundaria, sólo se valoraban los cursos superiores a las treinta horas. La Consejería recogió nuestra sugerencia de dar validez al concepto de crédito académico (10 horas). Por ello, en la próxima convocatoria, para el cómputo de horas de formación se acumularán las de todos los cursos que superen o igualen las 10 horas

 

5. Otras propuestas

· La Consejería de Educación aceptó la propuesta de STEs,y se ha comprometido a llevarla a cabo, de dar cambio de provincia a los profesores en expectativa de destino antes de desglosar por provincias las plazas de la convocatoria de este año. Consideramos, y así lo admitieron los representantes de la Consejería, que no es justo que los/as que aprueben este año obtengan provincias en expectativa de destino solicitadas por profesores y profesoras que llevan años viajando diariamente.

· Pedimos también que la información a los opositores (notas, citaciones…) se hiciese no sólo en los tablones de anuncios de las sedes, sino también por Internet. En la sociedad del siglo XXI es absurdo estar pendientes de un teléfono y del buen humor de los conserjes. Aunque la administración no está por la labor, argumentando problemas técnicos, seguiremos insistiendo con este asunto.

· Igualmente solicitamos la publicación en la convocatoria de las provincias-sede de los tribunales de cada una de las especialidades y la mayor urgencia en el sorteo de los tribunales. No se puede tener a miles de profesores pendientes de cómo y cuándo pueden organizar sus vacaciones.

· Por último, la Consejería manifestó su intención de publicar la convocatoria de oposiciones a Secundaria antes de Semana Santa. Os tendremos informados

· Sugerimos también la necesidad de regular de forma más precisa las publicaciones y trabajos realizados en soporte de Nuevas Tecnologías (CD-rom, Intenet…) y de dotar a los tribunales de medios para su valoración. Dijeron tomar nota de la propuesta.

. Asimismo les pedimos que, en la segunda prueba, diariamente cada tribunal expusiese en los tablones de anuncios de su sede las puntuaciones obtenidas en el día por los aspirantes que la hubiesen superado. De esta manera, se evitaría que los tribunales aprueben sólo el número de plazas ofertadas y la fase de concurso tendría realmente sentido como elemento del concurso-oposición, dejando de servir sólo como elemento de recolocación de las listas de aprobados.

Valoración de STEs de Castilla y León

El Acuerdo sobre Interinos, que firmábamos en abril del año 2000 establecía en su artículo 10 el compromiso de “buscar fórmulas que establezcan un nuevo procedimiento selectivo de ingreso y acceso a la función pública docente… y proponer al MEC la modificación del Real Decreto 850/1993 que regula dicho sistema de acceso”.

El MECD ha mantenido reuniones en La Mesa Sectorial Estatal de Educación con las organizaciones sindicales del sector para su “modificación”, ofreciendo un escaso margen de negociación en la mejora de dicho sistema de acceso a la función pública docente. Tras esas reuniones, el MECD ha publicado el nuevo Reglamento de Ingreso y Promoción a los cuerpos docentes. (REAL DECRETO 334/2004, de 27 de febrero – BOE 28/02/04)

Este nuevo decreto, que modifica el anterior, mantiene, sin embargo, su esencia:  el “Sistema de Oposición- Concurso” seguirá siendo el procedimiento de ingreso y promoción. El sistema de ingreso seguirá constando de dos pruebas de oposición y una fase de concurso. Las dos pruebas de la oposición se continuarán valorando con un máximo de 10 puntos cada una, suponiendo hasta 2/3 de la puntuación total y se precisa aprobar dichas pruebas de exámenes para que se valoren y sumen los méritos, cuya puntuación máxima será de 10 puntos (1/3). Sin embargo se introducen algunas novedades que  siendo positivas no han colmado nuestras reivindicaciones.

Dado que el nuevo sistema de acceso habrá de ser concretado en determinados aspectos en cada Comunidad Autónoma convocante, la Federación de STEs ha reclamado en la Mesa de hoy que la Consejería proceda a  la negociación urgente de dichas concreciones:

  • Negociación de la puntuación de los exámenes práctico y teórico de la primera prueba del procedimiento de ingreso. El nuevo reglamento establece que puede oscilar entre un mínimo de tres y un máximo de siete cada parte.

  • Fijación de los porcentajes de la fase de concurso: STEs ha pedido que la experiencia docente pueda alcanzar los 5 puntos, quedando los cinco restantes para la formación académica inicial y la permanente.

  • Porcentajes de plazas a promoción del Cuerpo de Maestros a Secundaria (pedimos el 50% de las plazas como ha venido siendo), plazas que pasarían a los turnos libre y de minusvalías en caso de no cubrirse.

  • Además demandamos que en dicha reunión se aborden otras cuestiones referidas a tribunales de oposición.

La Federación de STEs valora como insuficientes las modificaciones introducidas en dicho Reglamento. STEs ha venido defendiendo en la Mesa Sectorial en Madrid otro sistema de acceso que diera respuesta a las reivindicaciones justas del profesorado interino que trabaja en la actualidad y que no ve reconocidos como se merece los méritos por experiencia docente y diera respuesta a las aspiraciones de acceso a los nuevos aspirantes sin experiencia. STEs presentó su propuesta de “doble vía” , sin conseguir que el MEC cambiara de posición. Por ello,  aunque es presumible que un número importante de los actuales profesores con experiencia docente apruebe este nuevo procedimiento selectivo, otros pueden quedarse sin trabajo. Esta convocatoria supone pues que habrá más empleo estable y con derechos en el sector docente; pero también el que se puedan quedar sin trabajo un porcentaje importante de interinos que trabajan este curso, si no superan dicho sistema de acceso. Habrá que valorar los resultados de su aplicación.

Especial preocupación nos provoca la futura situación de profesorado interino del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional –PTFP- (antiguos Maestros de Taller), que en determinadas especialidades van agotando las cuatro convocatorias previstas para aquellos que carecen de la titulación requerida con la LOGSE y la LOCE. STEs ha pedido que sólo hubiera oferta si el número de plazas era importante.  Pretendemos abordar esta especial situación de cara a la renegociación el próximo curso del nuevo acuerdos sobre interinidades.

Valladolid a 2 de marzo de 2004.
Pedro Escolar, Portavoz de la federación de STEs de C. y L.
 

Nuevo sistema de oposición-concurso para el acceso a cuerpos docentes
El sábado 28 se ha publicado el nuevo
REAL DECRETO 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

 

REGLAMENTO DE INGRESO EN LOS CUERPOS DOCENTES

El sistema de ingreso consta de un concurso-oposición y una fase de prácticas.

La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de 2/3 para la fase de oposición y 1/3 para la fase de concurso.

FASE DE OPOSICIÓN

FASE DE CONCURSO

Se regirá por  un nuevo temario, en el que desaparece la distinción entre parte A y B.

En las convocatorias de 2004 serán de aplicación los viejos temarios, sin la parte B (legislación)

Todas las pruebas de especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en la lengua correspondiente

La oposición consistirá en dos pruebas (tres para el Cuerpo de Catedráticos)

Se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición

Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán tres bloques Las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques son las siguientes:

Experiencia docente: Máximo cinco puntos.

Formación académica: Máximo cinco puntos

     Otros méritos: Máximo dos puntos.

PRIMERA PRUEBA

Puntuación

EXPERIENCIA DOCENTE

Primera parte:

Prueba práctica. Realización de ejercicios (formación científica y dominio de las técnicas de trabajo de la materia)

Duración: determinada en las respectivas convocatorias.

Secunda parte:

Desarrollo de un tema, entre dos extraídos al azar.

Duración: 2 horas

Se valora conjuntamente de 0 a 10 puntos. Cada una de las partes se valorará, como mínimo,  en 3 puntos.

Para su superación el opositor deberá alcanzar una puntuación global mínima de 5 puntos.

En cada una de las partes, debe obtener una puntuación igual o superior al 25% de la asignada a cada una de ellas.

No se podrá computar más de cinco años por cada uno de los subapartados.

. Cada año en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante,  en centros públicos: 1 punto.

. Cada año en distinto nivel educativo, en centros públicos: 0,5 puntos.

. Cada año en mismo nivel educativo, en otros centros: 0,5 puntos.

. Cada año en distinto nivel educativo, en otros centros: 0,25 puntos.

 

SEGUNDA  PRUEBA

Puntuación

FORMACIÓN ACADÉMICA

Presentación de una programación didáctica  y elaboración y exposición oral de una unidad didáctica a elegir de entre tres, extraídas por sorteo de su propia programación o del temario de la especialidad.

Duración:

. Preparación de la unidad a exponer: 1 hora

. Hora y media para defender la programación (30 minutos), exponer la unidad y debatir con el tribunal.

De 0 a 10 puntos.

Para su superación el aspirante deberá obtener una puntuación igual o superior a 5.

Nota media del expediente académico:

De 6,01 a 7,50 = 1 punto

De 7,51 a 10 = 1,5 puntos

Doctorado:

Titulo de doctor = 1 punto

Premio extraordinario en el doctorado = 0,5

Otras titulaciones universitarias (diferentes a las alegadas como requisito para el ingreso):

Primer ciclo: 1 punto

Segundo ciclo: 1 punto.

Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial y Formación profesional Específica

Música y Danza, grado medio: 0,5 puntos

Idiomas, nivel avanzado: 0,5 puntos

Titulo de Técnico Superior: 0,2 puntos

TERCERA PRUEBA

Puntuación

OTROS MÉRITOS

Sólo para acceso al cuerpo de Catedráticos.

Exposición oral de un tema, extraído al azar del temario de al especialidad.

Duración: treinta minutos de prepara­ción y un máximo de una hora para su expo­sición.

De cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspi­rante, para su superación una puntuación igual o superior a cinco puntos.

 

A determinar en las convocatorias

(1)     Este año no habrá convocatorias a los Cuerpos de Catedráticos.

Los opositores que superen este proceso de selección, que suele realizarse a finales de junio y primeros de julio, realizarán un primer año como Funcionarios en Prácticas el curso próximo.

Sistema de acceso entre cuerpos
El sábado 28 se ha publicado el nuevo
REAL DECRETO 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación.

 

ACCESO ENTRE CUERPOS DOCENTES

En las convocatorias de ingreso en los Cuerpos Docentes se reservará un porcentaje de las plazas que se convoquen para el acceso de funcionarios docentes de otros niveles.

ACCESO A

SECUNDARIA

ACCESO AL CUERPO

DE CATEDRÁTICOS

ACCESO AL CUERPO

DE INSPECTORES

REQUISITOS

a)       Estar en posesión de las titulaciones requeridas para el ingreso en el cuerpo de Secundaria.

b)       Haber permanecido en sus Cuerpos de origen un mínimo de seis años como funcionario de carrera.

a)      Estar en posesión de las titulaciones requeridas para el ingreso en el cuerpo de Catedráticos.

b)      Haber permanecido en el cuerpo de Secundaria un mínimo de seis años como funcionario de carrera.

a)  Pertenecer a alguno de los cuerpos docentes que impartan las enseñanzas a que se refiere la LOCE

b)  Acreditar una experiencia mínima docente de seis años.

c)  Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

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