Mediante Mediante Resolución de
22 de agosto de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos,
de la Consejería de Educación, se resuelve, con carácter definitivo,
la adjudicación de puestos vacantes del cuerpo de maestros, en
régimen de interinidad, para el curso escolar 2013/2014, convocado
por Resolución de 30 de abril de 2013, de la citada dirección
general.
El apartado 7.3 de la resolución de convocatoria establece que la
parte dispositiva de la resolución de adjudicación definitiva de
destinos será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
y, en la misma fecha, los Anexos con los correspondientes listados
de adjudicación y exclusión, así como de las vacantes que han
servido de base al oportuno proceso, en los tablones de anuncios de
las direcciones provinciales de educación, en la sede electrónica de
la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)
y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es),
pudiendo consultarse a través del servicio telefónico de información
y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la
Comunidad de Castilla y León: 902 910 012).
Por lo expuesto,
RESUELVO
Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 22 de agosto
de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la
Consejería de Educación, por la que se resuelve, con carácter
definitivo, la adjudicación de puestos vacantes del cuerpo de
maestros, en régimen de interinidad, para el curso escolar
2013/2014, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Primero.– Adjudicación definitiva.
1.1. Adjudicar, con carácter definitivo, los puestos vacantes del
cuerpo de maestros en régimen de interinidad para el curso escolar
2013/2014 derivados de la convocatoria efectuada por la Resolución
de 30 de abril de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos,
conforme se dispone en el Anexo I.
1.2. En el Anexo II se recogen las vacantes que han servido de base
a esta adjudicación.
Segundo.– Participantes excluidos.
Declarar excluidos de la participación en el citado proceso a los
participantes que figuran en el Anexo III, con indicación de las
causas que han motivado su exclusión.
Tercero.– Alegaciones.
Resolver las alegaciones presentadas por los interesados a la
adjudicación provisional de puestos vacantes del cuerpo de maestros
en régimen de interinidad, realizada por la Resolución de 31 de
julio de 2013 de la Dirección General de Recursos Humanos, conforme
se dispone en el Anexo IV.
Cuarto.– Aceptación de renuncias.
4.1. De conformidad con los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se aceptan las
renuncias presentadas por los interesados que se recogen en el Anexo
V y se declara concluso el procedimiento.
4.2. Las renuncias con causa justificada señaladas en el apartado
octavo de la Resolución de 30 de abril de 2013 se extenderán a todas
las listas de aspirantes a puestos docentes en régimen de
interinidad en las que se encuentre incluido el solicitante.
Quinto.– Efectos de la adjudicación.
5.1. La obtención de destino en este proceso supondrá la
finalización, en su caso, del nombramiento de vacante de enseñanzas
no universitarias en régimen de interinidad efectuado para el curso
2012/2013 y asimismo, impedirá la adjudicación de destino en régimen
de interinidad en otro/s cuerpo/s docentes de enseñanzas no
universitarias durante el curso escolar 2013/2014.
5.2. Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, los maestros que
durante el curso 2012/2013 hubieran estado impartiendo los cursos
primero y segundo de educación secundaria obligatoria en centros de
educación secundaria y hayan obtenido destino en los centros donde
se impartan las etapas de educación infantil, primaria y especial o
en los servicios de apoyo a los mismos, podrán participar, cuando
así se establezca como necesario, en las labores de evaluación de
los alumnos a principios de septiembre. Finalizadas esas actuaciones
se incorporarán, en su caso, al centro correspondiente en todo caso
el 6 de septiembre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con
los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de
reposición ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de
acuerdo con el artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.»
Valladolid, 22 de agosto de 2013.
El Director General de Recursos Humanos,
Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea
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