STEs Castilla y LeónLegislación EducativaResoluciónCuerpos Docentes

Comisiones de Servicio puestos de secciones lingüísticas y bilingües
Curso 2013/2014

BOCyL 16/05/13

Adjudicación Definitiva

Publicado en el portal de la Consejería

10/07/213

Resolución de 9 de julio de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se resuelve con carácter fefintivo el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de puestos en las secciones bilingües y lingúísticas convocado por Resolución de 3 de mayo de 2013 de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación

Primaria

Anexo I: Relación de participantes seleccionados y destino definitivo asignado

Anexo II: Listado definitivo de vacantes que han servicio de base a la adjudicación

Anexo III: Listado definitivo de excluidos, con expresión de la causa de exclusión

Anexo IV: Listado de alegaciones y renuncias a la adjudicación provisional

Relación alfabética definitiva nuevas
Relación alfabética definitiva renovación

Secundaria

Anexo I: Relación de participantes seleccionados y destino definitivo asignado

Anexo II: Listado definitivo de vacantes que han servicio de base a la adjudicación

Anexo III: Listado definitivo de excluidos, con expresión de la causa de exclusión

Anexo IV: Listado de alegaciones y renuncias a la adjudicación provisional

Relación alfabética definitiva

Adjudicación Provisional

Publicado en el portal de la Consejería

18/06/213

Resolución de 18 de junio de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos (362.4 KB) resuelve con carácter provisional el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de puestos en las secciones bilingües y lingúísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanza no universitaria de la Consejería de Educación.

Primaria

Anexo I: Relación de participantes seleccionados y destino provisional asignado

Anexo II: Listado provisional de vacantes que han servicio de base a la adjudicación

Anexo III: Listado provisional de excluidos, con expresión de la causa de exclusión

Relación alfabética provisional nuevas
Relación alfabética provisional renovación

Secundaria

Anexo I: Relación de participantes seleccionados y destino provisional asignado

Anexo II: Listado provisional de vacantes que han servicio de base a la adjudicación

Anexo III: Listado provisional de excluidos, con expresión de la causa de exclusión

Relación alfabética provisional

Plazo alegaciones y renuncias 19 al 24 de junio de 2013 (por fax al 983 41 10 04, sin perjuicio de su presentación en los registros de las DP de Educación)

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de puestos en las secciones bilingües y lingüísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación..

Plazo 23 de mayo de 2013

Resolución y anexos formato BOCyL

Ver convocatorias cursos anteriores

AnexoI

Especialidades de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria para puestos en secciones lingüísticas

AnexoII

Especialidades de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria para puestos en secciones bilingües y centros con secciones bilingües del Cuerpo de Maestros

AnexoIII

Solicitud.- Rellenar e imprimir


La Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, reguló la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, definiéndolas en su artículo 1.2 como centros, que una vez autorizados, utilicen un idioma extranjero para la enseñanza de contenidos de determinadas áreas o materias no lingüísticas. En concreto y conforme al artículo 2.2 de la citada orden, podrán impartirse en el idioma específico de la sección bilingüe contenidos correspondientes a un mínimo de dos disciplinas no lingüísticas y un máximo de tres.
En su desarrollo se han autorizado, mediante órdenes anuales, la creación de secciones bilingües en diversos centros sostenidos con fondos públicos.
Por otro lado, mediante la Orden EDU/884/2004, de 8 de junio, se han creado las secciones lingüísticas de lengua inglesa en diversos Institutos de Educación Secundaria, en los que se impartirá el currículo integrado previsto en el Convenio de suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council, recientemente actualizado con fecha 18 de abril de 2013, con la finalidad de permitir a sus alumnos la obtención simultánea, al finalizar la educación obligatoria, de los títulos académicos de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Para el desarrollo de estas actuaciones y con el objeto de proceder a la cobertura de puestos con profesorado con competencia lingüística contrastada en el idioma correspondiente, y de conformidad con la disposición final primera de la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero y el artículo 8 del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación
RESUELVO
Primero.– Objeto.
La presente resolución tiene por objeto convocar concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de los puestos vacantes de las siguientes secciones bilingües y lingüísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación:
a) Secciones bilingües relacionadas en el Anexo I en los idiomas inglés, francés y alemán y en las especialidades en él señaladas.
b) Secciones lingüísticas relacionadas en el Anexo II en el idioma inglés, y en las especialidades en él señaladas.

Segundo.– Participantes.
2.1. Los funcionarios docentes de carrera o en prácticas no incluidos en el apartado 2.3, que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer al cuerpo de maestros, catedráticos de enseñanza secundaria o profesores de enseñanza secundaria.

b) Para los participantes de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, ser titular de alguna de las especialidades señaladas en los Anexos I y II, según se trate de provisión de puestos en las secciones bilingües o en las secciones lingüísticas de centros públicos de educación secundaria de la Consejería de Educación, respectivamente. Asimismo, deberán estar en posesión de la acreditación de la competencia lingüística para impartir una de las especialidades no lingüísticas relacionadas en los Anexos I y II en el idioma correspondiente, obtenida en aplicación de las Resoluciones de 23 de octubre de 2009, 11 de noviembre de 2010, de 14 de noviembre de 2011 y de 29 de octubre de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por las que se convocó la acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera del profesorado funcionario e interino de los cuerpos de maestros, catedráticos y profesores de educación secundaria y profesores técnicos de formación profesional («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 3 de noviembre de 2009, de 24 de noviembre de 2010, de 16 de noviembre de 2011, y 8 de noviembre de 2012, respectivamente).

c) Para los pertenecientes al cuerpo de maestros, poseer la habilitación en el idioma correspondiente al puesto al que se opta y tener el dominio de dicha lengua extranjera equivalente al nivel B2 o superior del marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL) por haber obtenido la acreditación de la competencia lingüística en ese idioma mediante las Resoluciones de 14 de noviembre de 2011 y de 29 de octubre de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 16 de noviembre de 2011, y 8 de noviembre de 2012, respectivamente), o a través de la Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejería de Educación por la que se resuelve la primera fase del procedimiento extraordinario de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo.

d) No tener concedida adscripción a una plaza docente en el exterior para el
curso 2013/2014 o una comisión de servicios, incluida la derivada de la Resolución de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocó concurso de méritos para la provisión de este tipo de puestos, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista en el apartado 2.3.

e) No obtener destino definitivo en un puesto de estas características en los concursos de traslados, de ámbito estatal, convocados por las Órdenes EDU/857/2012 y EDU/858/2012, ambas de 17 de octubre, en los diversos cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias.

f) Estar, por el cuerpo que se participe, en situación administrativa de servicio activo o asimismo en situación de servicios especiales por el desempeño de puestos como profesores visitantes en centros escolares de Estados Unidos o Canadá durante el curso académico 2012/2013.

2.2. Todos los requisitos enumerados anteriormente, deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, salvo la adscripción al exterior y la obtención de destino indicadas en el punto d) y e) del apartado 2.1, que se entenderán referidos a 31 de agosto de 2013 y a las resoluciones definitivas de los concursos citados, respectivamente.

2.3. Quienes actualmente estén desempeñando en comisión de servicios puestos de estas características derivados de la adjudicación definitiva del concurso de méritos convocado por la Resolución de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, y con el objeto de garantizar la continuidad pedagógica del alumnado, al cumplimentar la solicitud que figura como Anexo III podrán solicitar la correspondiente prórroga para el curso 2013/2014 de la comisión de servicios concedida para desempeñar el mismo puesto, rellenando el apartado 5 de la misma, estando supeditada su concesión a alguno de los siguientes supuestos:
a) La continuidad del puesto derivada de necesidades educativas,
b) La no cobertura del mismo mediante concurso de traslados,
c) La inexistencia de informe desfavorable relativo al desempeño de las funciones encomendadas.

En caso de emitirse informe desfavorable por el director del centro o por el área de la inspección educativa de la dirección provincial de educación, que deberá estar suficientemente motivado, se dará traslado del mismo al interesado con el fin de efectuar las correspondientes alegaciones en el plazo de cinco días hábiles. Dicho informe junto con las alegaciones, será remitido al titular de dirección provincial de educación para su resolución en el plazo de cinco días hábiles. Si la resolución fuese confirmatoria del informe desfavorable supondrá la imposibilidad de desempeñar funciones en este tipo de puestos durante dos cursos escolares. Contra esta resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el correspondiente Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León.

Quienes soliciten la citada prórroga y en previsión de no poder continuar en el puesto asignado para el curso 2013/2014 por necesidades de planificación educativa al no existir la necesidad de cobertura de dicho puesto en el correspondiente centro o por haber sido cubierto por concurso de traslados, podrán hacer uso de la petición de centros señalada en el apartado 3.3, al objeto de poder adjudicarles, antes que el resto de participantes indicados en el apartado 2.1, un nuevo destino vacante del mismo tipo de puesto que tenían asignado.

En el caso de existir varios participantes en la situación descrita anteriormente se les adjudicará destino conforme a los criterios de prioridad establecidos en el apartado sexto.

No podrán optar a la mencionada prórroga quienes obtengan destinos definitivos en puestos de estas características mediante los concursos de traslados, de ámbito estatal, convocados por las Órdenes EDU/857/2012 y EDU/858/2012, ambas de 17 de octubre, en los diversos cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias.

Tercero.– Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar una única solicitud conforme al modelo del Anexo III, que se encuentra disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), y en la oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano de esta Administración.

3.2. La mencionada solicitud se dirigirá a la Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (Avda. de Monasterio de Nuestra Sra. de Prado s/n, 47014 Valladolid), y podrá presentarse, junto con la documentación a que se refiere el apartado siguiente, por uno de estos medios:

a) De manera presencial, preferentemente en los registros de las direcciones provinciales de educación o en cualquiera de los demás lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Si, en uso de este derecho, la solicitud y la documentación complementaria fueran remitidas por correo, será necesaria su presentación en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que se proceda a su certificación.

b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo
anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León
http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

Las personas interesadas que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación exigida, en su caso, en el apartado 4.1, que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación integrado, al menos, por una copia auténtica de la solicitud presentada que incluirá la fecha y hora de presentación y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo de la presentación en los términos del artículo 22.1.b) del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Este resguardo de presentación se entregará de manera automática por medios electrónicos, estará firmado electrónicamente, podrá ser impreso en papel o archivado electrónicamente y tendrá la consideración de recibo acreditativo de la fecha y hora de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión significará la incorrecta recepción de la solicitud, debiendo realizarse la presentación por el registro electrónico en otro momento.

3.3. Los participantes podrán solicitar, por orden de preferencia, un máximo de 30 centros de los señalados en los Anexos I y II, según el idioma y las especialidades indicados en los mismos.
Teniendo en cuenta que los puestos podrán tener carácter itinerante o compartido, para optar a los mismos deberá así indicarse en la casilla correspondiente que, al efecto, figura en el apartado 6 de la solicitud.

3.4. El plazo de presentación de la solicitud y, en su caso, de la correspondiente documentación será de 7 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

3.5. Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras alegaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.
Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incompletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo todo derecho a ellos.
Finalizado el plazo de solicitudes, por ningún concepto se alterará la petición, ni aún cuando se trate del orden de prelación de las peticiones.

Cuarto.– Documentación.
4.1. Por el mismo medio elegido para la presentación de la solicitud indicado en el apartado 3.2, los interesados deberán acompañar a la misma la fotocopia del documento nacional de identidad, salvo que se autorice en la solicitud a la Consejería de Educación a comprobar los datos relativos a la identidad del solicitante.
La Administración incorporará de oficio la acreditación de la competencia lingüística en el idioma correspondiente indicada en los apartados 2.1.b) y 2.1.c).

4.2. Únicamente se tendrán en consideración aquellos documentos debidamente justificados dentro del plazo de presentación de instancias sin perjuicio de lo establecido en el apartado 7.1 relativo a la subsanación de documentación.

Quinto.– Comisión de selección.
5.1. Existirá una comisión de selección que examinará y valorará las respectivas solicitudes y documentación, conforme a los criterios determinados en el apartado sexto, integrada por los siguientes miembros:
Presidente:
El Director General de Recursos Humanos, o persona en quien delegue.
Vocales:
Un representante del Servicio de Profesorado de Educación Pública Infantil, Primaria y Especial, designado por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos.
Un representante del Servicio de Profesorado de Educación Pública de Secundaria, Formación Profesional, Adultos y Régimen Especial, designado por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos.
Dos representantes pertenecientes a la Dirección General de Recursos Humanos, y designados por su titular, actuando como secretario uno de ellos con voz y voto.
Un miembro designado al efecto por las organizaciones sindicales pertenecientes a la mesa sectorial de educación.

5.2. Los vocales serán nombrados por el Director General de Recursos Humanos quien asimismo nombrará un vocal suplente por cada uno de ellos, previa designación, en el último supuesto, por las organizaciones sindicales pertenecientes a la mesa sectorial de educación.

5.3. La comisión de selección estará adscrita a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (Avda. Monasterio Nuestra Sra. de Prado s/n, 47014 Valladolid).

Sexto.– Criterios para la adjudicación de vacantes.
La comisión de selección efectuará propuesta de adjudicación de los puestos de conformidad con la antigüedad de cada participante en el cuerpo correspondiente, teniendo asimismo en cuenta lo establecido en el apartado 2.3 y de acuerdo con el orden de preferencia de centros manifestado por los participantes en su solicitud. Dicha antigüedad será acreditada de oficio por la propia Administración.
En caso de empate éste se resolverá atendiendo sucesivamente al año de la convocatoria por la que accedió al cuerpo y a la puntuación por la que resultó seleccionado en dicho proceso selectivo.
A los efectos indicados anteriormente, no se considerará cambio de cuerpo la integración de los funcionarios del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria en el cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.

Séptimo.– Resolución del procedimiento.
7.1. Realizada la propuesta señalada en el apartado sexto, la Dirección General de Recursos Humanos dictará una resolución estableciendo de forma provisional la relación de los participantes seleccionados y del destino asignado, la relación de aspirantes excluidos, indicando la causa, el listado provisional de puestos vacantes que han servido de base para la adjudicación y, en su caso, el listado de documentación a subsanar por los aspirantes. Esta resolución se hará pública en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y, en la misma fecha, en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
La citada resolución establecerá el correspondiente plazo para presentar alegaciones o renuncias, que deberán ser dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, pudiéndose presentar en los mismos lugares que se relacionan en el apartado 3.2. a).

7.2. Finalizado el plazo para formular alegaciones y renuncias, y valoradas por la comisión, la Dirección General de Recursos Humanos dictará una nueva resolución en la que se incluirá la relación definitiva de participantes seleccionados y excluidos, el destino asignado, el listado definitivo de puestos vacantes objeto del proceso y, en su caso, los puestos declarados desiertos, las renuncias aceptadas y la contestación a las alegaciones presentadas a la adjudicación provisional. Esta resolución se hará pública en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y, en la misma fecha, en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

7.3. Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad posible, las relaciones provisional y definitiva y los listados de puestos vacantes antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 902 910 012).

7.4. El Director General de Recursos Humanos nombrará a los aspirantes seleccionados, en comisión de servicios, con una duración de un curso escolar, que podrá ser renovada anualmente, siempre que persistan las necesidades que originan su concesión, no haya sido cubierta por concurso de traslados o no exista resolución de la dirección provincial de educación confirmatoria del informe desfavorable relativo al desempeño de las funciones encomendadas.

7.5. Transcurrido un plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin haber recaído resolución expresa, las mismas se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo.– Obligatoriedad de los destinos.
Los destinos adjudicados de forma definitiva serán irrenunciables, salvo en situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la dirección provincial de educación correspondiente, considerándose dicha adjudicación de carácter voluntario y no generando, por tanto, derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Con carácter previo y potestativo podrá interponerse recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 3 de mayo de 2013.
El Director General de Recursos Humanos,
Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea

ANEXO I: SECCIONES BILINGÜES

– ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DE CATEDRÁTICOS Y PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA PARA PUESTOS EN SECCIONES BILINGÜES

– ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS

       CENTROS CON SECCIONES BILINGÜES

 

ANEXO II: SECCIONES LINGÜÍSTICAS

– ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DE CATEDRÁTICOS Y PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA PARA PUESTOS EN SECCIONES LINGÜÍSTICAS

      INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA CON SECCIONES LINGÜÍSTICAS

 

Titulaciones

TITULACIONES EXIGIDAS PARA LA ACREDITACIÓN DEL NIVEL DE COMPETENCIA LINGÜÍSTICA DEL PROFESORADO

 

Cursos anteriores

 

Curso 12/13

BOCyL
23/05/12

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2012/2013, de puestos en las secciones bilingües y lingüísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación.

Plazo 30 de mayo
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19/06

Resolución de 19 de junio de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve con carácter provisional el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2012/2013, de puestos en las secciones lingüísticas y bilingües de diversos centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación.

06/07

Resolución de 6 de julio de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve con carácter definitivo el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2012/2013, de puestos en las secciones lingüísticas y bilingües de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación.

 

Curso 11/12

BOCyL
26/05/11

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2011/2012, de puestos en las secciones lingüísticas y bilingües de diversos centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Plazo 2 de junio de 2011

25/06/11

Resolución de 24 de junio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve con carácter provisional el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2011/2012, de puestos en las secciones lingüísticas y bilingües de diversos centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y LeónListados provisionales (adjudicaciones, vacantes y excluidos) profesorado que ha solicitado puestos en centros con secciones lingüísticas y bilíngües

Primaria

Resolución: 1 Listado alfabético provisional participantes. 2 Seleccionado y destino asignado. 3 Vacantes provisionales. 4 Excluidos

EEMM

Resolución: 1 Listado alfabético provisional participantes. 2 Seleccionados y destino asignado. 3 Vacantes provisionales. 4 Excluidos

08/07/11

Resolución de 8 de julio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se resuelve con carácter definitivo el concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2011/2012, de puestos en las secciones lingüísticas y bilingües de diversos centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

Primaria

 Resolución: 1 Listado definitivo participantes (nuevas y renovación). 2 Seleccionados. 3 Vacantes. 4 Excluidos

EEMM

 Resolución: 1 Listado definitivo participantes (nuevas y renovación). 2 Seleccionados. 3 Vacantes. 4 Excluidos

Resumen:

Listado definitivo Cuerpo de Maestros.- Adjudicados (renovados y nuevos)

Listado definitivo Cuerpos de Enseñanzas Medias.- Adjudicados (renovados y nuevos)

 

Curso 10/11

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