Mediante la Orden EDU/858/2012, de 17
de octubre, se convocó el concurso de traslados, de ámbito estatal,
entre los funcionarios de los cuerpos de catedráticos y profesores
de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación
profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de
idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas y
catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de
taller de artes plásticas y diseño, para la provisión de puestos de
trabajo en la Comunidad de Castilla y León.
La base segunda de la citada orden dispone que se ofertarán las
plazas o puestos vacantes que se determinen, entre los que se
incluirán, al menos, los que se produzcan hasta el 31 de diciembre
de 2012, así como aquéllos que resulten de la resolución del
concurso y de los convocados por otras Administraciones educativas,
siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su
funcionamiento esté prevista en la planificación educativa y en
función de los criterios de estabilidad del profesorado en un mismo
centro que puedan establecerse. Asimismo, dicha base dispone que la
determinación provisional de las vacantes del citado proceso se
realizará antes del día 15 de febrero de 2013, mediante resolución
de la Dirección General de Recursos Humanos cuya parte dispositiva
se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Por otro lado, analizadas las necesidades de escolarización y
realizadas las previsiones correspondientes para el curso escolar
2013/2014, se hace necesario concretar la plantilla provisional de
los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación
donde imparten enseñanza los integrantes de los citados cuerpos.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del
Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación,
RESUELVO
Primero.– Relaciones provisionales de plantillas.
Se aprueban las relaciones provisionales de las plantillas para el
curso escolar 2013/2014 de los centros públicos docentes de la
Consejería de Educación donde imparten enseñanzas los funcionarios
de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria,
profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y
profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y
profesores de música y artes escénicas y catedráticos y profesores
de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas
y diseño, conforme se indica en los siguientes Anexos de esta
resolución:
a) Anexo I A): Plazas correspondientes a los cuerpos de catedráticos
y profesores de educación secundaria de las especialidades comunes
en determinados institutos de educación secundaria, institutos de
educación secundaria obligatoria, centros de educación obligatoria,
centros integrados de formación profesional, escuelas de arte y
superiores de diseño y/o conservación y restauración de bienes
culturales.
b) Anexo I B): Plazas correspondientes a los cuerpos de catedráticos
y profesores de educación secundaria de las secciones lingüísticas
que en él figuran en los institutos de educación secundaria.
c) Anexo II: Plazas correspondientes a los cuerpos de catedráticos y
profesores de educación secundaria y profesores técnicos de
formación profesional de las especialidades específicas de formación
profesional que en él figuran, siendo A) catedráticos y profesores
de educación secundaria y B) profesores técnicos de formación
profesional, en los institutos de educación secundaria y centros
integrados de formación profesional.
d) Anexo III A): Plazas correspondientes a los cuerpos de
catedráticos y profesores de educación secundaria y profesores
técnicos de formación profesional de las especialidades que en él
figuran, en los equipos de orientación educativa.
e) Anexo III B): Plazas correspondientes al cuerpo de catedráticos y
profesores de educación secundaria en los centros de educación de
personas adultas.
f) Anexo III C): Plazas correspondientes al cuerpo de profesores
técnicos de formación profesional, de las especialidades que en él
figuran en los centros con unidades de formación profesional
especial.
g) Anexo IV: Plazas correspondientes al cuerpo de catedráticos y
profesores de escuelas oficiales de idiomas de las especialidades
que en él figuran en las secciones y escuelas oficiales de idiomas.
h) Anexos V y VI: Plazas correspondientes a los cuerpos de
catedráticos y profesores de música y artes escénicas para las
especialidades que en ellos figuran, en los conservatorios de
música.
i) Anexos VII y VIII: Plazas correspondientes a los cuerpos de
catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de
taller de artes plásticas y diseño para las especialidades que en
ellos figuran, en las escuelas de arte y superiores de diseño y/o
conservación y restauración de bienes culturales.
Segundo.– Relación provisional de plazas
vacantes.
Se aprueba la relación provisional de plazas vacantes a ofertar en
el concurso de traslados, de ámbito estatal, convocado por la Orden
EDU/858/2012, de 17 de octubre, entre los funcionarios
pertenecientes a los cuerpos de catedráticos y profesores de
enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional,
catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas,
catedráticos y profesores de música y artes escénicas y catedráticos
y profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de
artes plásticas y diseño.
Tendrán la consideración de plazas vacantes las señaladas como
libres en cada centro, de acuerdo con los datos que figuran en los
Anexos I a VIII.
Tercero.– Publicidad.
El mismo día en que se publique la parte dispositiva de la presente
resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León», aquélla y sus
anexos se harán públicos en los tablones de anuncios de las
direcciones provinciales de educación, en el portal de educación de
la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la sede
electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
(http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Cuarto.– Observaciones de otros órganos.
Las direcciones provinciales de educación y demás órganos
competentes de la Consejería de Educación, comunicarán a la
Dirección General de Recursos Humanos, en los diez días naturales
siguientes al de la publicación de la presente resolución en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», cuantas observaciones se
susciten en relación con estas plantillas y vacantes.
Consideradas las observaciones anteriores se procederá a la
determinación y publicación de las correspondientes relaciones
definitivas de plantillas y vacantes.
Valladolid, 5 de febrero de 2013.
El Director General de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado
Olea
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