Mediante la Orden EDU/1419/2011, de 16
de noviembre, se convocó concurso de traslados, de ámbito
autonómico, entre los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de
Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y
Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y
Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para la
provisión de puestos de trabajo en la Comunidad de Castilla y León.
La base 2.1 de la citada orden establece que se ofertarán las plazas
o puestos vacantes que se determinen, entre los que se incluirán, al
menos, los que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2011, así
como aquellos que resulten de la resolución del concurso, siempre
que, en cualquiera de los casos, la continuidad de su funcionamiento
esté prevista en la planificación educativa y en función de los
criterios de estabilidad del profesorado en un mismo centro que
puedan establecerse. De conformidad con el apartado 4 de la misma
base la determinación definitiva de las vacantes de dicho proceso se
realizará, con anterioridad a la resolución definitiva del concurso
de traslados, mediante Resolución de la Dirección General de
Recursos Humanos.
Por otro lado, mediante la Resolución de 24 de febrero de 2012, de
la Dirección General de Recursos Humanos, se aprobó la relación
provisional de puestos y plazas vacantes a ofertar en el citado
concurso de traslados, posibilitando en el apartado duodécimo que
las Direcciones Provinciales de Educación y demás órganos
competentes de la Consejería de Educación realicen cuantas
observaciones estimen oportunas. De acuerdo con su apartado undécimo
se eliminarán aquellas vacantes anunciadas en las que se haya
producido un error de definición o sean plazas cuyo funcionamiento
no esté previsto en la planificación educativa o afecte a los
criterios de estabilidad del profesorado.
Analizadas las necesidades de escolarización y realizadas las
previsiones correspondientes para el curso escolar 2012/2013, se
hace asimismo necesario concretar la plantilla definitiva de los
centros públicos docentes de la Consejería de Educación donde
imparten las diferentes enseñanzas los integrantes de los citados
Cuerpos.
En su virtud, teniendo en cuenta las observaciones efectuadas por
los órganos antes citados, y de conformidad con lo dispuesto en la
base vigesimoséptima de la mencionada Orden EDU/1419/2011, de 16 de
noviembre y en el artículo 8 del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación
RESUELVO
Primero.– Relación definitiva de plantillas.
Se aprueban las relaciones definitivas de las plantillas para el
curso escolar 2012/2013 de los centros públicos docentes de la
Consejería de Educación donde imparten enseñanzas los funcionarios
de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria,
Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y
Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos y Profesores
de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño, conforme se indica en los siguientes Anexos de esta
resolución:
Anexo I. A): Plazas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y
Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades comunes en
determinados Institutos de Educación Secundaria, Institutos de
Educación Secundaria Obligatoria, Secciones de Educación Secundaria,
Centros de Educación Obligatoria, Centros Integrados de Formación
Profesional, Escuelas de Arte y Superiores de Diseño y/o
Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
Anexo I. B): Plazas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y
Profesores de Enseñanza Secundaria de las secciones lingüísticas que
en él figuran en los Institutos de Educación Secundaria.
Anexo II: Plazas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y
Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de
Formación Profesional de las especialidades específicas de Formación
Profesional que en él figuran, siendo A) Catedráticos y Profesores
de Enseñanza Secundaria y B) Profesores Técnicos de Formación
Profesional, en los Institutos de Educación Secundaria y Centros
Integrados de Formación Profesional.
Anexo III A): Plazas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos
y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de
Formación Profesional de las especialidades que en él figuran, en
los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
Anexo III B): Plazas correspondientes al Cuerpo de Catedráticos y
Profesores de Educación Secundaria en los Centros de Educación de
Personas Adultas.
Anexo III C): Plazas correspondientes al Cuerpo de Profesores
Técnicos de Formación Profesional de las especialidades que en él
figuran en los Centros con unidades de Formación Profesional
Especial.
Anexo IV: Plazas correspondientes al Cuerpo de Catedráticos y
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de las especialidades
que en él figuran en las Secciones y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Anexos V y VI: Plazas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos
y Profesores de Música y Artes Escénicas para las especialidades que
en él figuran, en los Conservatorios de Música.
Anexos VII y VIII: Plazas correspondientes a los Cuerpos de
Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y a los
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para las
especialidades que en él figuran, en las Escuelas de Arte y
Superiores de Diseño y/o Conservación y Restauración de Bienes
Culturales.
Segundo.– Relación definitiva de plazas vacantes.
Se aprueban las relaciones definitivas de plazas vacantes a ofertar
en el concurso de traslados, de ámbito autonómico, entre los
funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación
Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas,
Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de
Taller de Artes Plásticas y Diseño, para la provisión de puestos de
trabajo en la Comunidad de Castilla y León.
Tendrán la consideración de plazas vacantes las señaladas como
libres en cada centro, de acuerdo con los datos que figuran en los
Anexos I a VIII.
Tercero.– Publicidad.
Los Anexos de la presente resolución junto con su parte dispositiva
se harán públicos en los tablones de anuncios de las Direcciones
Provinciales de Educación, en el Portal de Educación de la Junta de
Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la sede electrónica
de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el
Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con
los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de
reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de
acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Valladolid, 2 de mayo de 2012.
El Director General de Recursos Humanos,
Fdo.: Jesús Manuel Hurtado
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