El artículo 7 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo para funcionarios del Cuerpo de Maestros, establece que, previamente a la resolución del concurso de traslados, se harán públicos los puestos de trabajo vacantes que serán objeto de provisión en el mismo y en los procesos previos regulados en dicho Real Decreto. Por otro lado, la base segunda de la Orden EDU/2119/2008, de 5 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados y procesos previos, de ámbito nacional, del Cuerpo de Maestros para la provisión de puestos de trabajo vacantes en Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial, Obligatoria, Secundaria y de Personas Adultas, en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, dispone la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la determinación definitiva de vacantes a ofertar en el mismo con anterioridad a la resolución definitiva del citado concurso de traslados.
Asimismo, analizadas las necesidades de escolarización y realizadas las previsiones correspondientes para el curso escolar 2009/2010, se publicó la Resolución de 16 de febrero de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la relación provisional de vacantes a ofertar en el Concurso de Traslados y Procesos Previos, de ámbito nacional, convocado por Orden EDU/2119/2008, de 5 de diciembre, para funcionarios del Cuerpo de Maestros y la modificación provisional de las unidades y puestos de determinados Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial, Centros de Educación Obligatoria, Institutos y Sección de Educación Secundaria y Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas. Una vez revisadas las actuaciones anteriores, en virtud del artículo 7 del Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General RESUELVE: Primero.– Aprobar la relación definitiva de los puestos de trabajo vacantes a ofertar en el Concurso de Traslados y procesos previos de ámbito nacional, convocado por Orden EDU/2119/2008, de 5 de diciembre, relacionados en los siguientes Anexos: Anexo I: Relación de Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante. Anexo II: Relación de Institutos de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante. Anexo III: Relación de Centros de Educación de Personas Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante.
Segundo.– De conformidad con la base segunda de la Orden EDU/2119/2008, de 5 de diciembre, en este concurso y procesos previos se ofertarán los puestos de trabajo vacantes que se determinen, entre los que se incluirán, al menos, los que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2008, así como aquellos que resulten del propio concurso y procesos previos y de los convocados por otras administraciones educativas, siempre que la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en la citada base se eliminarán aquellas vacantes anunciadas cuando se produzca un error de definición en las mismas o se trate de un puesto vacante cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación educativa.
Tercero.– Aprobar la relación definitiva de unidades y puestos relacionada en los siguientes Anexos: Anexo IV: Relación de unidades y puestos de determinados Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes para el curso 2009/2010. Anexo V: Relación de puestos del Cuerpo de Maestros en Institutos y Sección de Educación Secundaria, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes para el curso 2009/2010. Anexo VI: Relación de unidades y puestos del Cuerpo de Maestros en determinados Centros y Aulas de Educación de Personas Adultas, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes para el curso 2009/2010.
Cuarto.– Para establecer qué Maestros han de ser desplazados, en los casos en que sea necesario en función de las modificaciones del número de puestos de maestros establecidos en los Anexos de esta Resolución, se aplicará lo dispuesto en la Orden EDU/1076/2008, de 18 de junio, por la que se regula el desplazamiento, cese y adscripción de los Maestros con destinos definitivo como consecuencia de las diversas modificaciones de plantillas jurídicas. Quinto.– En los casos en los que puestos ordinarios hayan sido transformados en singular/itinerantes o viceversa a los Maestros titulares de los mismos les será de aplicación la Orden EDU/1076/2008, de 18 de junio, teniendo en cuenta que para solicitar la adscripción al puesto transformado o a otro que estuviese vacante en el centro se deberá poseer la habilitación correspondiente.
Sexto.– Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Con carácter previo y potestativo se podrá interponer recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Valladolid, 22 de abril de 2009. La Directora General de Recursos Humanos, Fdo.: Rocío Lucas Navas |