La
disposición adicional duodécima, apartado 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación y el artículo 17.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición
de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio
de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la
citada ley, establecen que el sistema de ingreso en la función pública docente
será el de concurso-oposición, existiendo además una fase de prácticas.
El
artículo 3 del citado Reglamento, dispone que el órgano competente de la
Comunidad Autónoma convocante, una vez aprobada su respectiva oferta de empleo,
procederá a realizar la convocatoria para la provisión de las plazas autorizadas
en la misma, con sujeción en todo caso a las normas de función pública que les
sea de aplicación.
Por
otra parte, su Título V regula el procedimiento para la adquisición de nuevas
especialidades, estableciendo en el artículo 53 que los funcionarios del cuerpo
de maestros podrán adquirir nuevas especialidades, dentro del citado cuerpo,
mediante la realización de una prueba.
La
competencia para convocar el procedimiento selectivo de ingreso y de adquisición
de nuevas especialidades en el cuerpo de maestros corresponde a la Consejería de
Hacienda, a propuesta de la Consejería de Educación, a tenor de lo indicado en
el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de
Castilla y León, y en el Acuerdo 16/2013, de 21 de marzo, de la Junta de
Castilla y León, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2013.
Asimismo, se ha estimado oportuno, a propuesta de la Consejería de Educación,
incluir en la misma convocatoria del procedimiento selectivo de ingreso al
cuerpo de maestros el proceso de baremación para la constitución de listas de
aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en dicho cuerpo,
recogiendo lo establecido en la Orden EDU/862/2006, de 23 de mayo, por la que se
da publicidad al Acuerdo de 19 de mayo de 2006 de mejora de la condiciones
laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas
escolares de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En
virtud de lo anterior, y a tenor de la competencia delegada en la Viceconsejería
de Función Pública y Modernización establecida en el apartado 4.1.1.b) de la
Orden HAC/1501/2011, de 23 de noviembre, se convoca procedimiento selectivo de
ingreso, de adquisición de nuevas especialidades y de baremación para la
constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de
interinidad en el cuerpo de maestros con arreglo a las siguientes bases

TÍTULO I
Procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de
maestros
Primera.–
Normas generales.
1.1. Número de plazas y procedimiento selectivo. Se convoca procedimiento
selectivo de ingreso para cubrir 176 plazas del cuerpo de maestros en el ámbito
de gestión de la Consejería de Educación.
De
conformidad con lo establecido en la disposición adicional duodécima, de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en el artículo 17.2 del
Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de nuevas especialidades en los
cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la
Disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, aprobado por el Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, el sistema de ingreso en la función pública
docente será el de concurso-oposición convocado por las respectivas
administraciones educativas, existiendo además una fase de prácticas que formará
parte del proceso selectivo.
1.2. Normativa de aplicación. A este procedimiento selectivo le será de
aplicación:
La
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 7/2007, de 12 de abril,
del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León; el Real Decreto
276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el
régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria
decimoséptima de la citada Ley, (en adelante únicamente Real Decreto 276/2007,
de 23 de febrero) modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero; el
Acuerdo 16/2013, de 21 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León para el año 2013; y la Orden HAC/1140/2012 de 28 de diciembre,
por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a
partir del día 1 de enero de 2013 en la Comunidad de Castilla y León.
En
lo no previsto en las normas anteriores y en tanto resulte de aplicación, se
tendrá presente la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla
y León, el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de
trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y el Decreto
67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso y
Provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como lo dispuesto en la
presente convocatoria y las demás disposiciones de general aplicación.
1.3. Distribución de las plazas. En función de las necesidades existentes en
cada especialidad, la distribución de las plazas convocadas por turnos y
especialidades es la siguiente:
Especialidad |
Turno Libre |
Reserva Discapacidad |
Total |
Audición y Lenguaje |
9 |
1 |
10 |
Educación Física |
20 |
2 |
22 |
Educación Infantil |
47 |
5 |
52 |
Educación Primaria |
35 |
4 |
39 |
Lengua Extranjera: Inglés |
25 |
3 |
28 |
Música |
9 |
1 |
10 |
Pedagogía Terapeútica |
13 |
2 |
15 |
TOTAL |
158 |
18 |
176 |
De
conformidad con el Acuerdo 16/2013, de 21 de marzo, de la Junta de Castilla y
León, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de
la Comunidad de Castilla y León para el año 2013, y el Decreto 83/2008, de 23 de
diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al
empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la
Administración de Castilla y León, se reservará un diez por ciento de las plazas
para el turno de personas que tengan la condición legal de discapacitados.
Con
carácter previo a la exposición de los listados señalados en la base 8.4, la
Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (en adelante
Dirección General de Recursos Humanos) publicará en los tablones de anuncios de
las direcciones provinciales de educación la distribución territorial por
provincias de las correspondientes plazas.
1.4. Lugares de realización de las pruebas. Las pruebas selectivas de ingreso
tendrán lugar en las localidades que se indican a continuación:
ESPECIALIDAD |
PROVINCIA |
Audición y Lenguaje |
SEGOVIA |
Educación Física |
SALAMANCA |
Educación Infantil |
BURGOS |
Educación Primaria |
ÁVILA |
Lengua Extranjera: Inglés |
VALLADOLID |
Música |
ZAMORA |
Pedagogía Terapeútica |
LEÓN |
1.5. Tribunales y comisiones de selección. Con objeto de procurar una mejor
coordinación de los tribunales y comisiones de selección y lograr la mayor
unificación en la valoración de los méritos, se ha estimado conveniente celebrar
en una sola provincia las fases de concurso y oposición de una misma
especialidad.
El
número de solicitantes en cada una de las especialidades condicionará el de
tribunales y comisiones de selección que hayan de ser designados para juzgar a
los aspirantes en cada una de ellas.

Segunda.–
Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a la realización del procedimiento selectivo, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos generales:
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