La Orden PAT/507/2004, de 1 de abril, por la que se convocan
procedimientos selectivos de ingreso y accesos a los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación
Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y
Profesores de Música y Artes Escénicas, así como los procedimientos
para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de
los mencionados Cuerpos, establece en las bases octava y vigésima
que las Comisiones de Selección, expondrán en los tablones de
anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación en cuyas sedes
hayan actuado, las listas de los aspirantes seleccionados
confeccionadas en la forma prevista en la base octava, apartado 8.6,
así como las de los aspirantes declarados aptos en el procedimiento
de adquisición de nuevas especialidades.
De conformidad con lo dispuesto en las bases anteriormente citadas
en sus apartados sexto y segundo, respectivamente, de la Orden PAT/507/2004,
de 1 de abril, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero.– Ordenar la exposición, el mismo día de la publicación de
la presente Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León»,
en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de
Educación en cuyas sedes hayan actuado las Comisiones de Selección,
de las listas de los aspirantes seleccionados con indicación de la
puntuación total que han obtenido y de la provincia asignada para la
realización de la fase de prácticas.
Segundo.– Ordenar la exposición de las listas de aspirantes
declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas
especialidades, el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Tercero.– Contra las listas a las que aluden los apartados
anteriores, los interesados podrán interponer recurso de alzada, en
el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Cuarto.– Los aspirantes que hayan superado los procedimientos
selectivos de ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y
Artes Escénicas, deberán presentar ante la Dirección Provincial de
Educación de la provincia a la que hayan sido destinados para la
realización de las prácticas, la correspondiente documentación de
acuerdo con la base novena de la citada Orden de convocatoria, en el
plazo de veinte días
naturales a contar desde el día siguiente a aquel en el que
se hicieran públicas en las Direcciones Provinciales las listas de
aspirantes que hayan superado los procedimientos selectivos.
A tenor de lo dispuesto en la base decimoprimera de la Orden de
convocatoria, dichos aspirantes
podrán solicitar
aplazamiento de la realización de la fase de prácticas
mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos
Humanos, en el plazo que se señala en el apartado anterior, contado
a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
La Dirección Provincial de Educación asignará el centro concreto en
el que, con carácter provisional, deberán realizar la fase de
prácticas, de conformidad con la solicitud de petición de centros
que, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día
siguiente a aquél en el que se hicieran públicas en las Direcciones
Provinciales las listas de aspirantes que hayan superado los
procedimientos selectivos, deberán realizar los aspirantes
seleccionados según la base novena, apartado 9.2.1 de la Orden de
convocatoria, quedando obligados a obtener destino a través de los
sucesivos concursos de traslados a los que vienen obligados a
participar de acuerdo con la base décima, apartado 10.3 de la
mencionada Orden.
Quinto.– De conformidad con lo previsto en la base novena, apartado
9.2.4 de la Orden de convocatoria, los aspirantes seleccionados que
en el citado plazo de veinte días naturales, salvo los casos de
fuerza mayor, no hayan presentado los documentos enumerados en la
base novena de la referida Orden o del examen de los mismos se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base
segunda de la misma, decaerán de todos los derechos a ser nombrados
funcionarios de carrera sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Asimismo, la calificación de «aptos» de los aspirantes seleccionados
en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades, queda
condicionada a la comprobación de que reúnen los requisitos exigidos
en la base decimoquinta de la citada Orden de convocatoria.
Valladolid, 30 de julio de 2004.
La Directora General de Recursos Humanos,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
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