ANEXO :
CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2012/2013
Inicio y
finalización del curso académico.
Los centros educativos comenzarán
las actividades escolares del curso 2012/2013 el día 1 de
septiembre de 2012 y finalizarán el 30 de junio de 2013.
Jornada
escolar en septiembre y junio para el alumnado de segundo ciclo de
educación infantil, educación primaria y educación especial.
Los centros que impartan
segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y
educación especial, durante los meses de septiembre y junio,
realizarán jornada continua de 4 horas, en horario matinal.
Proceso de
adaptación del alumnado de educación infantil que se incorpora por
primera vez al centro.
Los centros podrán adoptar
medidas organizativas y pedagógicas para facilitar el proceso de
adaptación a la vida escolar del alumnado que se incorpore por
primera vez al segundo ciclo de educación infantil. La duración
de este proceso abarcará, como máximo, desde el comienzo de las
actividades lectivas hasta el 21 de septiembre.
Pruebas
extraordinarias.
Las pruebas extraordinarias
para el alumnado de educación secundaria obligatoria, segundo
nivel de programas de cualificación profesional inicial y
bachillerato se realizarán hasta el día 5 de septiembre.
Las pruebas extraordinarias para el alumnado de enseñanzas
elementales y profesionales de música y danza se realizarán
hasta el día 6 de septiembre.
Segunda
sesión de evaluación final de los ciclos formativos.
La segunda sesión de evaluación
final de los ciclos formativos se realizará hasta el 5 de
septiembre.
Fecha de
inicio
de las actividades lectivas del curso (*):
10 de septiembre.
- Segundo ciclo de educación
infantil.
- Educación primaria.
- Educación especial.
- Alumnado de educación
secundaria obligatoria que se encuentra escolarizado en
centros de educación primaria.
13 de septiembre.
- Educación secundaria
obligatoria, excepto el alumnado reseñado en el bloque
anterior.
- Programas de cualificación
profesional inicial.
Bachillerato.
- 2.º curso de ciclos
formativos de formación profesional y de enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño.
Los centros que impartan
diferentes enseñazas de las reflejadas en este bloque, podrán
establecer una recepción escalonada del alumnado de las mismas
durante esta jornada.
24 de septiembre.
- Enseñanzas impartidas en
centros y aulas de educación de personas adultas.
- Enseñanzas a distancia
excepto los ciclos formativos de formación profesional.
- Enseñanzas en régimen
nocturno.
- 1.er curso de ciclos
formativos de formación profesional y de enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño.
- Enseñanzas elementales y
profesionales de música y danza, excepto 1.er curso de las
enseñanzas elementales.
27 de septiembre
- 1.er curso de las
enseñanzas elementales de música y danza.
- Enseñanzas a distancia d
los ciclos formativos de formación profesional.
1 de octubre.
(*) Las enseñanzas a distancia y en
régimen nocturno se iniciarán según lo establecido específicamente
en este apartado con independencia del día de comienzo establecido
para las mismas enseñanzas en régimen presencial diurno y/o
vespertino.
Fecha de
finalización
de las actividades lectivas del curso (*):
31 de mayo
- Enseñanzas de idiomas.
- 6.º curso de enseñanzas
profesionales de música y danza.
7 de junio
- 2.º curso de bachillerato.
- 2.º curso de ciclos
formativos de grado superior de formación profesional y de
enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
La sesión de evaluación final para
el alumnado de 2.º curso de bachillerato se realizará a partir del
30 de mayo en el plazo que permita remitir a las universidades las
relaciones del alumnado inscrito en las pruebas de acceso y se
mantendrán las actividades lectivas para todo el alumnado hasta el
día 7 de junio atendiendo a la preparación de las pruebas de acceso
a estudios universitarios y a la orientación del alumnado que debe
presentarse a las pruebas extraordinarias por tener alguna
asignatura suspensa.
14 de junio
- 2.º curso de ciclos
formativos de grado medio de formación profesional y de
enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
- Programas de cualificación
profesional inicial.
21 de junio
- Segundo ciclo de educación
infantil.
Educación primaria.
- Educación especial.
- Educación secundaria
obligatoria.
- 1.º de Bachillerato.
- 1.er curso de ciclos
formativos de formación profesional y de enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño.
- Enseñanzas elementales y
profesionales de música y danza, excepto 6.º curso de las
enseñanzas profesionales.
- Alumnado de los centros
educación de personas adultas.
(*) Estas fechas son de aplicación
a las enseñanzas a distancia y régimen nocturno en la enseñanza
correspondiente.
Períodos vacacionales.
Las vacaciones de
Navidad se iniciarán:
a. Al término de las
actividades lectivas de la mañana del día
21 de diciembre
de 2012 para el alumnado cuyas enseñanzas, en la jornada escolar
ordinaria, se desarrollen en horario de mañana o de mañana y
tarde.
b. Al término de las actividades lectivas del día 21 de
diciembre de 2012 para el alumnado cuyas enseñanzas, en la
jornada escolar ordinaria, se desarrollen en horario de tarde
y/o de noche.
En ambos casos, las vacaciones
comprenderán hasta el día 7
de enero de 2013, inclusive.
Las vacaciones de
Semana Santa se
iniciarán:
a. Al término de las
actividades lectivas de la mañana del día
27 de marzo de
2013 para el alumnado cuyas enseñanzas, en la jornada escolar
ordinaria, se desarrollen en horario de mañana o de mañana y
tarde.
b. Al término de las actividades lectivas del día 27 de marzo de
2013 para el alumnado cuyas enseñanzas, en la jornada escolar
ordinaria, se desarrollen en horario de tarde y/o de noche.
En ambos casos, las vacaciones
comprenderán hasta el día 5
de abril de 2013, inclusive.
Días
festivos.
Serán días festivos los así
declarados en la normativa por la que se establece el calendario
de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y
León para el año 2012 y los que en su
momento se determinen para el año 2013.
Las fiestas laborales con
carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la
Comunidad de Castilla y León para el año 2013
serán las siguientes:
• 1 de enero, Año Nuevo.
• 6 de enero, Epifanía del
Señor, trasladada al lunes 7 de enero.
• 28 de marzo, Jueves Santo.
• 29 de marzo, Viernes Santo.
• 23 de abril, Fiesta de la
Comunidad Autónoma.
• 1 de mayo, Fiesta del
Trabajo.
• 15 de agosto, Asunción de la
Virgen.
• 12 de octubre, Fiesta
Nacional de España.
• 1 de noviembre, Todos los
Santos.
• 6 de diciembre, Día de la
Constitución Española.
• 8 de diciembre, Inmaculada
Concepción, trasladada al lunes 9 de diciembre.
• 25 de diciembre, Natividad
del Señor. |
Asimismo, serán festivos los dos días correspondientes a las
fiestas de carácter local acordados para cada municipio y que
hayan sido publicados o se publiquen en los boletines oficiales
de las distintas provincias.
Otros días
no lectivos.
Además de los días señalados como
festivos en el apartado anterior, se considerarán días no lectivos a
efectos académicos los siguientes:
– Día 2 de noviembre de 2012,
viernes, «Día del Docente».
– Días 11 y 12 de febrero de 2013, lunes y martes, «Fiestas de
Carnaval».
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