Tras
diversas reuniones de negociación, la Consejería de Educación
presentó el 24 de febrero a las organizaciones sindicales
de la Mesa Sectorial el documento de “Propuesta
de criterios para la actualización de los
puestos (582), plazas y
centros con la calificación de especial
dificultad y cuantificación de los mismos (116) y los
anexos respectivos”. La Federación STECyL-i
manifiesto en su día públicamente que no
suscribiría la propuesta de acuerdo y así lo ha mantenido en dicha
reunión.
STECyL-i
quiere denunciar en primer lugar la práctica cada vez más frecuente
de recurrir a los puntos en el Concurso General de Traslados para
reconocer determinados puestos o circunstancias. Al Ministerio de
Educación y a la Consejería no les cuesta nada y se muestran
“generosos” a costa de nuestro baremo en el concurso. También en
este caso la Consejería de Educación no ha querido entrar en otras
cuestiones referidas a la mejora de las condiciones laborales
de quienes trabajan en esos puestos. Hay que recordar que el único
beneficio que se otorga a estos puestos es el de una puntuación
añadida (2 puntos por curso) para el Concurso de Traslados. Es decir
que la administración educativa
pretende “pagar” la especial
dificultad a costa de nuestro baremo de concurso. Lo que a unos les
beneficia, a otros les perjudica. Cuánta generosidad por parte de la
administración cuando de lo suyo no gasta.
STECyL-i
ha defendido a lo largo de este proceso de negociación que era
necesario actualizar la normativa y el catálogo existentes ya que
databan de 1991 , sin olvidar que el objetivo inicial, cuando
este tipo de puestos se catalogaron así, fue el de incentivar que
se cubrieran mediante el Concurso de Traslados (CT) determinadas plazas de difícil
provisión y favorecer una mayor estabilidad de las plantillas de
esos centros. Por ello entendemos que ese debería haber seguido
siendo el objetivo. Había que limitarse a eso y más cuando la
Consejería no estaba dispuesta a hablar sobre condiciones laborales.
Sin
embargo la Consejería, con el apoyo de los otros cuatro sindicatos
de la Mesa Sectorial, ha olvidado dicho planteamiento y, tirando de
puntos, ha presentado unos criterios que van a provocar
desigualdades que no van a ser entendidas por el profesorado.
Porque insistimos, pretenden reconocer a unos a costa de que otros
empeoren su posición en el concurso de traslados.
Sin
dejar de reconocer el trabajo en estos puestos que ahora se
pretenden calificar de especial dificultad y en otros muchísimos que
no aparecen, entendemos que la vía elegida no es la adecuada.
¿Hubiera sido tan generosa la Consejería si se hubiese entrado a
mejorar las condiciones laborales de dichos puestos?
Evidentemente no. Esta regulación no contribuye a mejorar las
condiciones laborales del conjunto del profesorado.
Para
STECyL-i el único de los criterios adecuados que se plantea es el
recogido en criterio nº 2, aunque debiera haberse aprovechado esta
oportunidad y procedido a revisar la Tabla C. Además no es de recibo
que los puestos que son concedidos en Comisión de
Servicios (criterios 3 y 4) puedan tener la consideración de
puesto de difícil desempeño. Entendemos que como norma general
ningún puesto que no sea provisto mediante C.T. pueda ser considerado
como de especial dificultad. Pedimos por ello que estas plazas se
pasen a proveer mediante C.T. como puestos de carácter singular y
sólo primar con puntos aquellos puestos singulares que no se cubran
en el Concurso General de Traslados.
Tampoco
compartimos que los puestos ubicados en las capitales de provincia
deban ser primados con puntos, ya que no se cubren de oficio ni
quedan vacantes. Entendemos que la especial dificultad se
debería de compensar mediante ratios inferiores de
alumnos/aula y profesor/unidad. Como tampoco se entiende que,
tal y como recoge el criterio 6, se deba primar con “más puntos”
determinados supuestos en centros incompletos y que no se haga, por
ejemplo con otros muchos puestos que desempeña mucho profesorado que
trabaja en aulas con ratios elevadas y con una importante diversidad
del alumnado.
Por
todo ello STECyL-i no ha suscrito esta regulación y emplaza a la
Consejería a acometer los otros temas de la
plataforma negociadora acordada por los sindicatos docentes y la
consejería a finales del curso pasado: mantenimiento del empleo y
mejora de las plantillas jurídicas y funcionales de los centros
públicos, tutorías, mayores de 55 años, situación retributiva, ROC,
… ,que implican un verdadero compromiso político y económico por
parte de la Junta.
El Secretariado
Federal de STECyL-i.
27 de febrero de 2011. |