STEs Castilla y León Opinión

La ‘equilibrada’ reforma laboral

23/02/2012

 

Tribuna.-Enrique Javier Díez Gutiérrez. Universidad de León

http://goo.gl/SxVKl 

Tras un año de sucesivas reformas laborales por parte del gobierno del PSOE, que han demostrado su total fracaso no sólo para crear empleo sino para frenar el paro, el PP aprueba una nueva reforma laboral que facilita el despido.



Se reduce la indemnización por despido improcedente, injustificado, a 33 días por año con tope de 24 mensualidades, frente al anterior de 45 días durante 3 años y medio. Con ello, la indemnización máxima se reduce en un 42%.

Se crea el nuevo «contrato Rajoy», único y novedoso en la legislación europea. Un contrato indefinido «de apoyo a los emprendedores» que permite el despido totalmente libre y 100% gratis durante el primer año para empresas de hasta 50 trabajadores (el 99,23%). Además sin límite de encadenar contratos de este tipo mientras se «cambie» de funciones. Tiene además el incentivo de una bonificación fiscal para la empresa de 3.000 euros y si se contrata a un parado podrá deducirse fiscalmente el 50% de lo que estuviera cobrando el parado durante un año. Tiene la ventaja de que hace innecesarios los contratos temporales y acaba con la temporalidad del empleo en las estadísticas.

Se modifican las condiciones que permiten el despido. A partir de ahora, será suficiente con declarar que se ha producido una disminución de los ingresos o ventas durante tres trimestres consecutivos o que se prevén pérdidas para poder despedir por causas objetivas de carácter económico con 20 días de indemnización y con el límite máximo de un año. En esta época de crisis qué empresa no tiene reducción de ventas.

Se prepara el desmantelamiento del sector público, con despidos objetivos y Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) para el personal laboral de las Administraciones y empresas públicas si éstas aducen llevar nueve meses de insuficiencia presupuestaria.

Se suprime la autorización administrativa previa en los ERE, con lo cual las empresas tras un periodo de negociación extinguirán contratos con 20 días por año con tope de un año sin limitación de umbral numérico ninguno. Pero es que los EREs se facilitan hasta el punto de requerir tan sólo: «…cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos».

Se establece la primacía del convenio de empresa sobre los de ámbito superior. Lo que significa que el convenio de empresa puede regular condiciones inferiores al del sector en salario y jornada. Incluso se facilita a las empresas «en dificultades» la posibilidad de no aplicar el convenio de ámbito superior. Es más, el artículo 41 permite que el empresario pueda bajar unilateralmente el sueldo, la jornada, los horarios, los sistemas de rendimiento y sin previo acuerdo, por razón de competitividad.

Por fin la patronal ha conseguido que se limite la denominada ultraactividad de los convenios a dos años. Es decir, que si en dos años no se suscribiera un nuevo convenio colectivo perderá su vigencia y decaerán los acuerdos alcanzados durante la negociación colectiva en sueldos y otros derechos. Algo en lo que es especialista la FELE, como tantas veces han denunciado los sindicatos.

Se podrá despedir a un trabajador con 20 días por año por acumular individualmente periodos de Incapacidad Temporal por enfermedad común. Es decir, que si tuvieras dos bajas en dos meses que sumaran 9 días te podrán hacer un despido objetivo procedente sin necesidad alguna de que tu empresa haya tenido un perjuicio por tu ausencia ni haya tenido pérdidas. Sólo por el hecho de estar enfermo (con todas las justificaciones necesarias) pierdes tu empleo.

Los parados que estén cobrando la prestación por desempleo podrán ser requeridos para hacer labores de interés general en beneficio de la comunidad, a parte de formarse y buscar empleo. Todo ello responde a la lógica de que el trabajador es culpable de no tener empleo.

Se autoriza a las ETT a ser agencia privadas de colocación, relegando al sector público en una privatización más de lo público. Ello supondrá que empresas que tienen como finalidad el beneficio gestionen la colocación.

Elimina las bonificaciones mensuales de las cuotas empresariales a la Seguridad Social para los contratos indefinidos de las mujeres que regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad o una excedencia por cuidado de hijos, durante «los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo». Lo cual supone un retroceso en la igualdad pues los empresarios volverán a justificar la no contratación de mujeres con la excusa de la maternidad.

Se abre la vía del contrato de aprendizaje y formativo con formación en la propia empresa y sin limitación hasta los 30-33 años si la actividad laboral es distinta con unas retribuciones de 481,05 euros. Anteriormente este contrato contaba con una limitación de tres años, ahora se podrán hacer tantos contratos como actividades laborales distintas en las que se trabaje, por lo cual es una posibilidad real prestar servicios desde los 16 hasta los 33 años con un salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Se crean así las condiciones para condenar definitivamente a los jóvenes al desempleo y al infraempleo a través de estos «infrajobs».

En definitiva, se puede afirmar con rotundidad que esta Reforma Laboral del PP sólo servirá para que los y las trabajadoras de este país pierdan más derechos y se destruya más empleo. De hecho, de las 52 reformas laborales que se han hecho al Estatuto de los Trabajadores desde el año 1980, ni una sola ha creado empleo.

Es un golpe de estado contra los derechos de los trabajadores. Es la reforma de los empresarios y el mayor recorte de derechos laborales de la historia de nuestro Estado. Nos tendríamos que preguntar que habrían hecho ellos si el golpe de estado hubiera sido a la inversa: que un gobierno hubiera decretado la nacionalización de todas las fortunas superiores a los 50 millones de euros mediante decreto ley. A ellos al menos les habrían dejado 50 millones, ¿a nosotros qué nos queda si nos arrebatan nuestros exiguos derechos laborales?
 

Enrique Javier Díez Gutiérrez
Profesor de la Universidad de León

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