Esta modificación de la plantilla
jurídica de los centros públicos se realiza cada año y la misma
determina, junto a las jubilaciones, las vacantes de los
concursos de traslados.
La primera fase de este proceso ha
arrancado con la negociación en Mesa Sectorial de Educación el
procedimiento y los criterios para la modificación de plantillas
jurídicas para el curso 2010/2011. Para ello recientemente se
han mantenido dos reuniones de la Mesa Sectorial en diciembre de
2009 con el propósito de tratar sobre el procedimiento y los
criterios para la modificación de las plantillas jurídicas. En
estas reuniones hemos podido constatar la escasa voluntad
negociadora de la Consejería Desde esos parámetros,
habrá de desarrollarse la negociación de la modificación de las
plantillas jurídicas de los centros públicos para el
próximo curso
STECyL-i ha presentado en
las citadas mesas propuestas de modificación a los criterios de
la administración, algunas de las cuales han permitido lograr
los pequeños avances que se producen en esta edición del
documento sobre “Criterios
de modificación de plantillas jurídicas u orgánicas par el curso
2010-2011”, respecto a los criterios del curso pasado,
documento que se puede consultar en nuestra
web.
Sin embargo el documento final
dista mucho de las reivindicaciones de calado que los STEs y el
conjunto de organizaciones hemos planteado como avances para
este proceso de modificación de plantillas. Por ello los STEs de
Castilla y León no podemos manifestar nuestro acuerdo con este
documento de criterios, que consideramos impuesto en un proceso
de negociación que no ha concluido con acuerdo entre la parte
sindical y la consejería. Consideramos que se podía haber hecho
un mayor esfuerzo por parte de la Consejería de Educación porque
afloren al Concurso General de Traslados muchas plazas que
actualmente se cubren curso tras curso en variadas comisiones de
servicio o con profesorado en expectativa o interino. Conviene
recordar que los procesos de modificación de las plantillas
jurídicas y las jubilaciones son la base para la definición de
vacantes en los concursos de traslados.
Además, la
Federación STECyL-i considera que este documento de criterios,
impuesto por la Consejería, nos siguen pareciendo insuficientes
por cuanto no avanzan de manera decidida en aspectos recogidos
en el punto 2º del Acuerdo de 19 de mayo de 2006 firmado
por la Consejería y la práctica totalidad de los sindicatos
docentes, referidos a la mejora de las plantillas orgánicas de
los centros públicos de enseñanzas escolares, constatando que
se siguen manteniendo los criterios previos a dicho acuerdo con
las pequeñas modificaciones anuales que estima la consejería .
Tampoco, se ha podido negociar
nada sobre la reducción de ratios máximas en las
diferentes etapas; la dotación de profesorado de apoyo en
Infantil y Primaria no mejora sustancialmente, igualmente ocurre
con la creación de plazas de profesorado de Pedagogía
Terapéutica y de Audición y Lenguaje; además el criterio
que por primera vez se introduce sobre desdobles es
también insuficiente. También la Consejería se ha negado
a la creación de numerosas plazas jurídicas de
Educación Compensatoria, que se limita a treinta nuevos
centros. Tampoco se mejoran los criterios sobre los centros de
EPA y de EERREE, ni se avanza en los referidos a la
Formación Profesional.
La Consejería se ha comprometido a
incorporar nuevos criterios próximos cursos y a abordar en el
seno de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de 19 de mayo
otros temas.
Este proceso, que acaba de
comenzar, tendrá su continuación con la presentación de una
propuesta inicial de la Consejería para discutir en las
reuniones de la Mesa Sectorial de Educación en las Direcciones
Provinciales de Educación, que para nosotros es irrenunciable, y
en la Consejería de Educación, que se realizarán a partir de
mediados- finales de enero.
Los STEs hemos reclamado a la
Consejería que proporcione información suficiente a las
organizaciones sindicales para la realización de nuestros
análisis y contrapropuestas, especialmente los datos sobre
plantilla funcional de los centros.
A pesar de las dificultades, los
STEs de Castilla y León vamos a participar responsablemente en
este proceso contactando con el profesorado de los centros, con
el propósito de mejorar las propuestas iniciales de Educación,
de evitar retrocesos en la estabilidad de las plantillas de los
centros y de mejorar la obtención de destino definitivo del
profesorado en expectativa. Esta voluntad de alcanzar una
verdadera negociación no descarta adoptar otras medidas a lo
largo del proceso según como se desarrolle éste y, sobre el que,
una vez concluya, la Federación STECyL-i hará su valoración
definitiva. Mientras tanto, los STEs de Castilla y León
seguiremos informando puntualmente al profesorado y a los
centros de todas las fases de este proceso, que concluirá con la
publicación provisional y definitiva de las plantillas jurídicas
y vacantes para el concurso de traslados.
Finalmente los STEs exigimos
que se convoque con urgencia la Comisión de Seguimiento del
Acuerdo de 19 de mayo de 2006, para poder avanzar en las
propuestas de mejora de las plantillas recogidas en dicho
acuerdo y que en estos criterios sobre las plantillas jurídicas
no se han considerado (realización de apoyos, desdobles y
refuerzos, potenciación de la atención tutorial, ratios medias
profesor/unidad, desarrollo del las medidas LOE y del Plan Marco
regional para la mejora de la Atención a al Diversidad del
alumnado) y que habrían de tener una plasmación tanto en la
mejora de la plantilla jurídica como en la del cupo de
profesorado de los Centros Educativos Públicos de Castilla y
León..
El Secretariado Federal de
STECyL-i. 19 de enero de 2010.
La mejora de las plantillas de los Centros Públicos de
Enseñanzas Escolares, es uno de los objetivos
fundamentales del Acuerdo de mayo de 2006, impulsado por
los STEs. Se pretende mejorar la calidad de la educación
y conseguir una mayor estabilidad del profesorado. El
punto 2º del acuerdo señala que “el refuerzo de las
plantillas” se plasmará especialmente en el incremento
de la Plantilla Orgánica, en relación a su Plantilla
Funcional; en la atención a los centros públicos del
medio rural y en la mejora de la atención a la
diversidad del alumnado. Así se establece que se
negociará el incremento de las plantillas de los centros
docentes públicos para atender las necesidades de un
alumnado cada día más diverso y de una función docente
más compleja. Para ello se resaltan una batería de
medidas que habrán de ser negociadas y desarrolladas
durante la vigencia de este acuerdo (2006-2010). Entre
estas medidas se citan una serie de actuaciones de
carácter general:
– El establecimiento de
apoyos, desdobles y refuerzos en los centros, así como
la potenciación de la función tutorial; lograr mejorar
la relación entre la plantilla orgánica y la funcional
en las diversas enseñanzas y mejorar la relación
profesor unidad.
– Entre las mejoras para
la atención a la diversidad: la mejora de profesorado de
Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, de
Compensatoria y de Departamentos y Equipos de
Orientación. Este incremento de las plantillas pretende
también “la reducción del número de profesores
suprimidos, desplazados y en expectativa de destino”.
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