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DISCRIMINACIÓN LABORAL |
El PP afirma que la paridad
electoral es "un torpedo" contra la democracia |
- Los populares recurren al
Constitucional la Ley de Igualdad vasca por las cuotas femeninas
- Recursos pendientes contra Baleares
y Castilla-La Mancha
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CHARO NOGUEIRA – Madrid |
La presencia obligatoria del mismo número de hombres que de mujeres en las
listas electorales es "un torpedo en la línea de flotación de la democracia
representativa". Así lo afirma el Partido Popular en el recurso que ha
presentado ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de Igualdad
aprobada por el Parlamento vasco el pasado febrero. El texto, suscrito por
62 diputados nacionales (17 mujeres), añade que la paridad electoral abriría
una vía para que otros grupos sociales planteen exigencias similares, con lo
que "se primaría la disolución del interés general en un conjunto de
intereses parciales, más cercanos al corporativismo de regímenes
antidemocráticos que a la libertad de la democracia". El PP también se opone
a las cuotas femeninas del 40% en órganos administrativos. El Gobierno prevé
establecer la paridad electoral.
El recurso de inconstitucionalidad del PP, presentado la semana pasada, se
centra en dos aspectos de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres
aprobada por el Parlamento Vasco el pasado 18 de febrero. Por una parte,
denuncia la obligación de que al menos la mitad de las listas electorales
estén integradas por mujeres, una medida que el Gobierno de José Luis
Rodríguez Zapatero también quiere establecer a nivel nacional. Por otra,
considera opuesto a la Constitución que se obligue a que los órganos
administrativos pluripersonales (como el Consejo de Gobierno), los
tribunales de selección y los jurados de premios públicos tengan una
participación femenina de al menos el 40%. Este recurso contra la ley
(vigente en las pasadas elecciones autonómicas que culminaron con un
Parlamento con mayor presencia femenina que masculina) no frena su
aplicación.
Los populares consideran que la paridad en las listas electorales para el
Parlamento vasco y las Juntas Generales de cada provincia (sólo se admiten
las candidaturas que incluyan el mismo número de hombres que de mujeres y
esta proporción debe darse en cada tramo de seis nombres) va contra el
derecho constitucional a la igualdad. Además, "carece de una sólida
justificación de preterición
[omisión de un heredero forzoso] de un sexo en la actualidad institucional
de esa comunidad autónoma que justifique medidas extraordinarias de
protección". "La protección de la mujer por sí sola no es razón suficiente
para justificar la diferenciación", añade el recurso.
"Antidemocrático"
Según los firmantes, "resulta constitucionalmente prohibido quebrar la
igualdad jurídica de los elegibles en nombre de la promoción social de la
mujer, del anciano, del discapacitado, del joven, del marginado o de la
minoría cultural o religiosa, por valiosa y deseable que pueda ser la mejora
de su condición". "Si es constitucionalmente aceptable que la mitad social
femenina se refleje obligatoriamente en las candidaturas, con igual razón
podrían exigir algún beneficio otros segmentos sociales", prosiguen. Ello
llevaría, por ejemplo, a que cada candidatura tuviera que reservar puestos a
los mayores de 65 años. "De acuerdo con la lógica inherente a semejante
tendencia distributiva, se primaría la disolución del interés general en un
conjunto de intereses parciales, más cercanos al corporativismo de regímenes
antidemocráticos que a la libertad de la democracia representativa", según
los recurrentes. "Las normas recurridas suponen un torpedo en la línea de
flotación de la democracia representativa que exigiría una reforma
constitucional", añaden.
Los 62 diputados del PP (45 hombres y 17 mujeres) que firman el recurso
también argumentan que la Cámara Vasca carece de competencias para legislar
sobre paridad electoral. Puntualizan que las Cortes Generales son las únicas
competentes para garantizar "la igualdad de todos los españoles en el
ejercicio de su derecho a ser elegibles". Aducen además que la paridad
electoral supone "una clara restricción de la libre actividad de los
partidos políticos en la formación de candidaturas". Este "despropósito"
impediría que un partido feminista presentara sólo a mujeres. "Esta
circunstancia de laboratorio conduce derechamente a evidenciar el ataque
frontal contra el pluralismo político".
Según los recurrentes, la paridad electoral "quiebra incluso la libertad
ideológica y de defensa del propio pensamiento (artículo 20 de la
Constitución) y la libertad de ideario de los partidos políticos". Tras
recordar que el Tribunal Constitucional ha avalado la legislación para
ilegalizar a partidos vinculados al terrorismo (en alusión a Herri Batasuna),
añade que "paradójicamente ahora se aprueba una ley que impide la existencia
de partidos compuestos sólo por hombres, o por mujeres, para defender ante
la sociedad lo que consideren pertinente".
"El imperio del mérito"
Los populares también denuncian la cuota femenina de al menos el 40% en los
órganos administrativos pluripersonales, los tribunales de selección y
jurados de premios promovidos por la Administración. Consideran que esas
medidas suponen "la violación" del derecho a la igualdad que se pretende
promocionar. Además, lleva a "la palmaria incongruencia de unas normas cuya
causa (promover la igualdad entre hombres y mujeres) tiene como efecto la
eliminación de criterios de objetividad, conocimiento, mérito y capacidad en
el seno de esos órganos". Añaden que la promoción de un sexo "no puede
alcanzarse mediante el establecimiento de cuotas en órganos, jurados o
tribunales administrativos en los que el género es absolutamente ajeno a la
toma de decisiones y el imperio del mérito y la capacidad es el que
garantiza una correcta selección".
Los planteamientos del PP chocan frontalmente con los del PSOE, cuya
secretaria de igualdad, Maribel Montaño, ha calificado de "bochornoso" el
recurso de los populares. El Gobierno socialista, partidario la
discriminación positiva, se ha comprometido a implantar la paridad en las
listas electorales, una medida que respalda el 65% de los españoles, según
el Centro de Investigaciones Sociológicas. En el borrador de la Ley de
Igualdad que prepara el Ejecutivo se establece que las listas electorales
tendrán la misma presencia de hombres y mujeres en cada tramo de dos
nombres.
Recursos pendientes contra Baleares
y Castilla-La Mancha
El Tribunal Constitucional, que acaba de recibir el recurso de 62 diputados
del PP contra la Ley de Igualdad vasca, está aún pendiente de pronunciarse
sobre otras dos leyes autonómicas que también establecen la paridad
electoral. Se trata de las de Castilla-La Mancha y Baleares. Según
informaron ayer el organismo, todavía está sin fijar la fecha para examinar
esos recursos en el pleno.
Las dos normas autonómicas fueron recurridas por el Gobierno de José María
Aznar. Dado que esa iniciativa fue del Ejecutivo, la aplicación de las leyes
se paralizó inmediatamente. El anuncio del Gobierno socialista, hace un año,
de que retiraría 80 de los 300 recursos presentados por el Ejecutivo popular
contra leyes autonómicas no ha afectado a esas dos normas.
La recurrida Ley Electoral de Castilla-La Mancha establece que, "para
garantizar el principio de igualdad en la representación política", la Junta
Electoral sólo aceptará las candidaturas que alternen hombres y mujeres
"ocupando los de un sexo los puestos pares y los del otro los impares". La
norma balear establece que "las listas se integrarán por candidatos de uno y
otro sexo ordenados de forma alternativa".
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