RESUMEN
Del discurso de la Ministra hemos entresacado los aspectos que
creemos interesantes y que van a determinar el futuro de los
próximos meses en el ámbito de la Universidad.
• Pretende la elaboración de un marco de referencia para la
financiación de las Universidades Públicas.
Desarrollo de la disposición adicional octava de la LOU, en
la que había un compromiso de elaboraciónde un modelo de
referencia, que el Gobierno anterior no hizo y el actual se ha
comprometido a desarrollar.
Creación de una Comisión cuyos objetivos vayan encaminados a
realizar el diagnóstico de de la situación de las Universidades,
Proponer un marco flexible de intervención y ofrecer
orientaciones.
La propuesta que hace para esta comisión es de 14 miembros, 13
(4 designados por los rectores, 2 elegidos por los Consejeros a
propuesta del parlamento, 4 propuestos por las comunidades
Autónomas y 3 a propuesta del Ministerio) más la coordinación
que estará a cargo del secretario General del CCU.
Utilización de modelos de financiación mixtos, además de
combinar una buena política de becas y de prestamos-renta.
• Modificación y desarrollo de la actual legislación de
universidades.
El sistema de Acceso a la Universidad.
Reforma del artículo 42.3 (Sobre el procedimiento para la
admisión de estudiantes fijado por cada universidad) y 37.4 de
la LOCE (hace referencia al acceso a la universidad)
Propone una única prueba general, definiendo una prueba de
conocimiento y competencias que combinada con el historial
académico cumpla los objetivos de incentivar la calidad de las
enseñanzas secundaria y Superior y que permita un modelo de
acceso que genere confianza y transparencia.
El Ministerio propiciará el trabajo conjunto de los responsables
de la ordenación de enseñanzas de bachillerato y de las de
Universidad.
Revisión de las funciones, composición y organización del
Consejo de Coordinación de Universidades.
Sistemas de homologación de títulos oficiales.
Modificar los artículos 34,(Establecimiento de títulos
universitarios y de las directrices generales de sus planes de
estudios)35(homologación de planes de estudio y de títulos) y 38
(Doctorado)de la LOU.
Sistemas de selección del profesorado funcionario.
Modificar los artículos 57(Habilitación
nacional),58(Habilitación de PTEU),59(Habilitación de PTUN y
CATEU) y 60 (Habilitación de CATUN) de la LOU.
Propone retomar las propuestas acerca del diseño de
procedimientos de acreditación nacional que garanticen la
calidad de los candidatos y que agilicen los procesos de
cobertura de plazas con el profesorado de mayor valía.
Acreditación ágil que valore méritos y competencia.
Concursos de las universidades para escoger entre el profesorado
acreditado.
Acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.
El gobierno propondrá una modificación del título IX de
la LOU(Del profesorado), artículos 57 y siguientes
(Habilitación)
Profesorado Contratado.
Es necesario ampliar hasta Septiembre de2008 el plazo
previsto en la disposición adicional que regula la transición
del profesorado asociado LRU a las nuevas figuras contractuales.
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PROPUESTA Y TEMPORALIZACIÓN.
SEPTIEMBRE 2004.
Se mantiene la convocatoria de solicitud de habilitación.
Se inicia el proceso de debate sobre la modificación de la LOU
DE SEPTIEMBRE A OCTUBRE DE 2004.
Modelos de R.D. de habilitación para que en el 2005 se realice
una única convocatoria anual, con un aumento de plazas a cubrir,
y se facilite la elección de profesores por parte de las
Universidades.
OCTUBRE 2004.
Se propondrá al Consejo un modelo de acceso a la función pública
docente estructurado en dos etapas.En la primera se plantea un
proceso general de evaluación del historial académico
investigador y docente de todo el profesorado que así lo desee.
Plantea la importancia de que los criterios sean claros y
objetivos.
El modelo de formación de Comisiones de Acreditación deberan
garantizar la participación de evaluadores de distintas
Comunidades Autónomas.
Una vez modificada la LOU en el Parlamento, se propondrá el
desarrollo normativo posterior.
DICIEMBRE 2005
Culminación del proceso y entrada en vigor de la Ley.
DE OCTUBRE 2004 A ABRIL 2006
Se realizaran los Reales Decretos que desarrollen la Ley.
Mientras tanto es imprescindible arbitrar medidas urgentes para
la provisión de plazas en este periodo.
Durante todo este proceso se realizará la revisión de los
borradores de los siguiente Reales Decretos.
Real Decreto por el que se regula el Estatuto del Profesorado
Funcionario de los Cuerpos Docentes Universitrarios.
Real Decreto de Universidades y Centros.
Revisión de la estructura, composición y competencias de la
ANECA, garantizando su naturaleza pública.
HASTA SEPTIEMBRE DE 2008
Ampliación del plazo para la transición de profesorado asociado
LRU a otras figuras LOU.
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VALORACIÓN PROVISIONAL.
A pesar que desde STEs esperábamos un mayor compromiso del
actual gobierno con la comunidad Universitaria y dada la masiva
respuesta popular que tuvo en su día esta ley que ha quitado
autonomía a las universidades y que perjudicaba gravemente tanto
a estudiantes como al profesorado, y puesto que hemos pedido
reiteradamente la retirada de esta Ley antidemocrática, nos
parecen escasos los cambios que la ministra ha presentado, aún
así nos alegramos de que inicie un proceso de debate de estas
reformas y que se consulte a la cominidad universitaria.
Esperamos que los aspectos sobre habilitación y contratación del
profesorado que se pretenden cambiar vayan encaminados a
posibilitar un profesorado de calidad en las universidades
Públicas sin renunciar a tener en cuenta al profesorado formado
en las universidades y que ya ha dedicado gran parte de su vida
laboral al desarrollo docente e investigador en ellas.
En algunas universidades como la de Valladolid es urgente la
normativa que amplie el plazo para la transición del profesorado
asociado LRU a otras figuras LOU ya que hay un gran número de
profesores y profesoras que finalizan el contrato con
anterioridad al 2006 como preveía la Ley.
Nos parece positivo el hecho de considerar una única prueba
general de acceso a la Universidad que permita una mayor
igualdad de oportunidades y más libre movilidad del alumnado
entre universidades. |