Por Orden de 3 de junio de 2002, de la
Consejería de Educación y Cultura, se convocó concurso público para la
concesión de las Becas Castilla y León de cooperación universitaria en
investigación, destinadas a estudiantes del tercer ciclo universitario
de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Universidad Nacional
Autónoma de México, Universidad Autónoma de Tucumán, Universidad de
Buenos Aires, Universidad de Sao Paulo, Centro Universitario
Iberoamericano, Pontificia Universidad Católica de Río de Janeiro y
Universidad Presbiteriana Mackenzie («B.O.C. y L.» n.° 112 de 12 de
junio).
Transcurridos los plazos reglamentarios,
examinadas las solicitudes presentadas, vista la propuesta de
concesión de las ayudas de la Comisión de Selección constituida al
efecto, en cumplimiento de lo establecido en la Base 6 de la
mencionada Orden de convocatoria, y vista la propuesta de aprobación
del gasto del Director General de Universidad e Investigación.
En virtud de lo establecido en la Base
8.1, y 7.2 de la Orden de convocatoria
RESUELVO:
Artículo
Primero.- Aprobar el gasto derivado de la concesión de las
Becas Castilla y León, de cooperación universitaria en investigación,
convocadas por la Orden de 3 de junio de 2002, por un importe de
NOVENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (90.948 euros) con cargo
a la aplicación presupuestaria 07.04.541A01.78068.0 de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año
2003.
Artículo
Segundo.- Conceder las Becas Castilla y León a los
candidatos seleccionados como titulares que figuran en el Anexo I, en
las condiciones establecidas en la Base 3 de la Orden de convocatoria
y nombrar suplentes a los candidatos que figuran en el Anexo II.
Contra la presente Orden, que pone fin a
la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación y
Cultura o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de dos meses a
partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
de Castilla y León». `
Valladolid, 2 de enero de 2003.
El Consejero,
Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ
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