SR. VICECONSEJERO DE EDUCACIÓN.
SR. DIRECTOR GENERAL DE F.P. e I.E.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
Junta de Castilla y León.
Estimados Señores:
Con fecha 22 de abril se publico la Ley de Educación de Personas
Adultas en el Boletín de Castilla y León, que llega con más de
un año de retraso con respecto a la fecha prevista cuando se inició
todo el proceso. Con el propósito de agilizar el desarrollo de esta
ley, nos dirigimos a Ustedes para hacerles llegar el especial
interés de la Federación de STEs en abordar los temas que ahora
están pendientes, y para los cuales será necesaria la participación
de la comunidad educativa y la negociación con los representantes
sindicales. El Secretariado de STEs de Castilla y León, reunido en
Valladolid el pasado día 14 de mayo de 2002, analizó el desarrollo
de esta Ley y acordó dirigirse a Ustedes para reclamar celeridad en
las siguientes cuestiones:
– Elaboración
de un plan regional de educación de personas adultas, sobre el que
se apoyen los planes provinciales y locales.
– Creación
del Consejo de Educación de Personas Adultas de Castilla y León, y
regulación de su estructura, organización y funcionamiento, en el
plazo de seis meses establecido en la Ley. Regulación de Consejos
provinciales de EPA, comarcales y locales.
– Elaboración
y publicación del Reglamento Orgánico de los centros específicos de
EPA.
– Diseño
de un adecuado mapa escolar y red de centros públicos, que contemple
la oferta organizada de la EPA y de la educación de adultos en sus
distintas modalidades.
– Catalogación
de centros de adultos según número de profesores/ unidades. Catálogo
de puestos de trabajo y plantillas de estos centros.
– Publicación
de la red de centros públicos de la Comunidad.
– Regulación
de requisitos mínimos de centros de educación de adultos.
– La
concreción de la oferta formativa en cada ámbito y centro, la
autorización de nuevas enseñanzas, la extensión de la Educación
Secundaria de Personas Adultas (ESPA) a todos los centros. Aquellos
centros que carezcan de infraestructuras deberían tener el primer
ciclo e ir adaptando a las mismas a las exigencias legales para
poder tener la oferta completa de secundaria. En este sentido hay
que recordar que de los 51 Centros de EPA que la Consejería de
Educación tiene en nuestra C.A., sólo 19 tienen autorizados la
impartición del Primer Ciclo de la ESPA, de los cuales 16 centros,
tienen autorizado el segundo ciclo de la ESPA (que funciona en 14
centros).
– Creación
de centros de adultos en los centros penitenciarios que lo
requieran.
– Regular
el procedimiento de autorización y extinción de centros de adultos,
de iniciativa social y privados, para impartir la educación de
personas adultas.
– Decreto
que regule la organización general de las enseñanzas de educación de
personas adultas.
– Regulación
de los Bachilleratos LOGSE a distancia.
Desde STEs de
Castilla y León urgimos a la Consejería de Educación y a las
Dirección Generales competentes a que se pongan con rapidez manos a
la obra. No valen más retrasos. Con voluntad política se puede
avanzar en el desarrollo de esta Ley, que reclama toda la Comunidad
educativa de los Centros de EPA.
Atentamente,
En Valladolid a
29 de mayo de 2002.
Fdo.: Pedro Escolar Izquierdo.
(En nombre del Secretariado de STEs de
Castilla y León)
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