Salamanca,
26 de abril de 2002
Estimados
compañeros y compañeras,
Se ha
publicado ya en el BOCYL del 22 de abril el texto de la Ley de
Adultos – Ley 3/2002, de 9 de abril, de Educación de Personas
Adultas de Castilla y León –
Aunque es algo que llevamos esperando mucho tiempo, no nos sentimos
satisfechos con el texto que han publicado. Creemos que ya lo
sabéis, así como lo que hemos estado defendiendo desde que se inició
el proceso, con el primer borrador, allá por julio del año 2000.
Hemos hecho llegar aportaciones a los distintos borradores, hemos
mantenido reuniones, grupos de trabajo, salido a los medios,
trabajado con otras organizaciones, realizado enmiendas y votos
particulares en el Consejo Escolar de Castilla y León, información
en nuestra Web, estudios … ;
en fin, de todo para defender el modelo de Educación de Personas
Adultas que creemos debía contenerse en el texto de esa Ley.
Especialmente hemos peleado en la defensa de una Educación de
Personas Adultas específica y pública, es decir, hemos luchado por
que quedara claro que las enseñanzas para adultos, todas, y
especialmente las paralelas a la educación obligatoria ordinaria
(desde la alfabetización y enseñanzas iniciales hasta toda la
secundaria obligatoria), deben impartirse en los centros de adultos,
y no deben derivarse estas enseñanzas a la red ordinaria (para
completar horario o cosas por el estilo) o hacia ofertas privadas.
También hemos defendido esta “especificidad” en otros sentidos, en
contextualizar el texto de Ley en la realidad y necesidades de la
población adulta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en
ofertas educativas y formativas amplias y abarcando las tres áreas
formativas, en la formación especializada del profesorado, en la
potenciación (mejora y ampliación) de la red de centros públicos de
adultos.
Hemos
planteado cuestiones generales, como la dotación suficiente y
adecuada de plantillas, la mejora de las condiciones laborales y
profesionales del profesorado, fórmulas que den continuidad y eviten
saltos en la oferta a través de convenios, sin olvidar, lo que es
más importante, la financiación, porque si no se contempla un
capítulo específico de financiación todo quedará, en el mejor de los
caso, como hemos estado hasta ahora.
Nos parece
inaceptable que “el marco general de la educación de las personas
adultas” que establece esta ley, la finalidad y objetivos que se
explicitan en el Artículo 3, se concreten en una enumeración tan
pobre de programas (poco se dice de la formación laboral,
ocupacional, profesional, participación social, desarrollo
sociocomunitario, necesidades educativas especiales etc.), y en un
Artículo 8.1 que tanto nos preocupa “La educación de personas
adultas podrá impartirse en centros públicos o privados, ordinarios
o específicos”. Si gran parte de la oferta educativa “reglada”
pretenden concretarla en enseñanzas desde los IES, en horarios
nocturnos o a distancia, para rentabilizar esta red y a su
profesorado, es que no han querido escucharnos. Para ese viaje no
habían hecho falta estas alforjas.
Saludos
cordiales.
Belén
Vicente, por el Secretariado de STEs |