STEs Castilla y León  Comunicados

Reducción del horario lectivo.


20 de junio de 2007

 

Una de las medidas del Acuerdo de Mejora de 19 de mayo de 2006,  que impulsó y firmó STECyL, en su punto 4, señalaba la reducción del horario lectivo a los docentes.

 STECyL ha exigido a la Consejería su cumplimiento y la publicación de la orden correspondiente, similar a la que en su día publicó con la reducción de la hora complementaria (ORDEN EDU/1439/2006. Se determina con carácter general la parte no lectiva de la jornada laboral del profesorado de los centros docentes públicos a partir del curso 2006/2007.) . De esta manera los centros y el profesorado puedan planificar sus horarios para el próximo curso 07-08.

 La Administración ha hecho entrega del documento borrador, que saldrá publicado en breve en el BOCyL como Orden.

Se trata de una adaptación de la normativa anterior sobre Horarios de los Profesores, con la respectiva reducción acordada del horario lectivo y complementario.

  •  Los maestros que impartan los niveles de Infantil, Primaria y E. Especial permanecerán en el centro 28 horas semanales. Las horas lectivas serán veinticuatro (docencia directa y recreos).
  • El profesorado que imparta los niveles de ESO, Bachillerato, Formación Profesional y EERREE permanecerá en sus centro 28 horas (lectivas, complementarias en horario individual y complementarias computadas mensualmente. La suma de la duración entre periodos lectivos y las horas complementarias de obligada permanencia en el centro sera de 23. Este profesorado impartirá como mínimo 17 periodos lectivos semanales, pudiendo llegar excepcionalmente a 20. Cada periodo lectivo que exceda de los 17 periodos se compensará con las complementarias a razón de dos horas complementarias por cada periodo lectivo.

 Por parte de STEs hemos manifestado que vamos a estar vigilantes con la aplicación de esta Orden, para que no suponga para los centros una disminución del servicio educativo que ofrecen; así mismo  demandamos que en Secundaria se haga de tal manera que una mayoría del profesorado pueda ir a los 17 periodos lectivos ( al menos en la misma proporción de los que ahora van a los 18) y que estaremos muy vigilantes para que se atiendan las necesidades de cupo en cada Departamento que haga posible la aplicación de esta medida.

 

Relacionado
ORDEN EDU/862/2006,.-«Acuerdo de 19 de mayo de 2006, de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas escolares de la Comunidad de Castilla y León». BOCyL 29/05/05
ORDEN EDU/1439/2006. Se determina con carácter general la parte no lectiva de la jornada laboral del profesorado de los centros docentes públicos a partir del curso 2006/2007. (Acuerdo de Mejora)

Mejora condiciones laborales Profesorado

 
 
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