STEs Castilla y LeónOpinión y Comunicados
 

A los compañeros y compañeras de los centros de educación de personas adultas

 

Salamanca, 26 de abril de 2002

 Estimados compañeros y compañeras,

 Se ha publicado ya en el BOCYL del 22 de abril el texto de la Ley de Adultos – Ley 3/2002, de 9 de abril, de Educación de Personas Adultas de Castilla y León -

 Aunque es algo que llevamos esperando mucho tiempo, no nos sentimos satisfechos con el texto que han publicado. Creemos que ya lo sabéis, así como lo que hemos estado defendiendo desde que se inició el proceso, con el primer borrador, allá por julio del año 2000. Hemos hecho llegar aportaciones a los distintos borradores, hemos mantenido reuniones, grupos de trabajo, salido a los medios, trabajado con otras organizaciones, realizado enmiendas y votos particulares en el Consejo Escolar de Castilla y León, información en nuestra Web, estudios ... ; en fin,  de todo para defender el modelo de Educación de Personas Adultas que creemos debía contenerse en el texto de esa Ley.

Especialmente hemos peleado en la defensa de una Educación de Personas Adultas específica y pública, es decir, hemos luchado por que quedara claro que las enseñanzas para adultos, todas, y especialmente las paralelas a la educación obligatoria ordinaria (desde la alfabetización y enseñanzas iniciales hasta toda la secundaria obligatoria), deben impartirse en los centros de adultos, y no deben derivarse estas enseñanzas a la red ordinaria (para completar horario o cosas por el estilo) o hacia ofertas privadas. También hemos defendido esta “especificidad” en otros sentidos, en contextualizar el texto de Ley en la realidad y necesidades de la población adulta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en ofertas educativas y formativas amplias y abarcando las tres áreas formativas, en la formación  especializada del profesorado, en la potenciación (mejora y ampliación) de la red de centros públicos de adultos.

Hemos planteado cuestiones generales, como la dotación suficiente y adecuada de plantillas, la mejora de las condiciones laborales y profesionales del profesorado, fórmulas que den continuidad y eviten saltos en la oferta a través de convenios, sin olvidar, lo que es más importante, la financiación, porque si no se contempla un capítulo específico de financiación todo quedará, en el mejor de los caso, como hemos estado hasta ahora.

Nos parece inaceptable que “el marco general de la educación de las personas adultas” que establece esta ley, la finalidad y objetivos que se explicitan en el Artículo 3, se concreten en una enumeración tan pobre de programas (poco se dice de la formación laboral, ocupacional, profesional, participación social, desarrollo sociocomunitario, necesidades educativas especiales etc.), y en un Artículo 8.1 que tanto nos preocupa “La educación de personas adultas podrá impartirse en centros públicos o privados, ordinarios o específicos”. Si gran parte de la oferta educativa “reglada”  pretenden concretarla en enseñanzas desde los IES, en horarios nocturnos o a distancia, para rentabilizar esta red y a su profesorado, es que no han querido escucharnos. Para ese viaje no habían hecho falta estas alforjas.

Saludos cordiales.

Belén Vicente, por el Secretariado de STEs

 

P.D.: Adjunto la Ley ya publicada.

 
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