STEs Castilla y LeónC. TrasladosCurso 2002/2003
 

Curso 2002/2003


 

Cuerpo de Maestros

Orden 07/10/02 . Convocatoria de Concurso Traslados Cuerpo de Maestros 59 kb
  (desde el 22 de octubre  al 8 de noviembre) BOCyL Jueves, 17 octubre 2002

Concurso Traslados: Breve resumen de los puntos de la orden, a tener en cuenta.- Cuerpo de Maestros
  • Este concurso de Traslados es de carácter nacional, ¡Esto significa que en estos concursos nacionales, generalmente la administración suele ofertar un menor  número de vacantes, que en los que son de carácter Regional¡

  • El periodo de presentación de instancias desde el día 22 de octubre y  termina el día 8 de noviembre ambos incluidos. Cada uno en la dirección provincial donde presta sus servicios. Aquellas personas que se encuentran en comisiones de servicio, deberán, presentarlo en la dirección Prov. Donde tienen su  destino

  • El calendario  provisional, que la administración ha establecido  para  el desarrollo de este concurso es:
             1.  La resolución provisional se publicará  finales del mes de marzo de 2002
             2.  La resolución definitiva se publicará a finales del mes de Mayo

  • Para rellenar instancias, hay que tener en cuenta:

    ✏ Es importantísimo el que os quedéis con una copia de sellada por el registro, de la instancia que presentéis.

    ✏ Junto a la instancia y documentación necesaria hay que adjuntar fotocopia del DNI. (no olvidéis el titulo de magisterio)

    ✏ Los documentos justificativos  de los méritos alegados en los apartados, e – formación y perfeccionamiento. ; f) titulaciones académicas distintas a las alegadas; g) otros méritos. Deberán estar compulsados

    ✏ Los apartados a, b, c y d son los que computan  los servicios prestados a la Adm. Será incorporados de oficio por la dirección provincial correspondiente. 

    ✏ Los maestros que habiendo participado  en el CT. , del 25 de Octubre de 2001 y no hubieran renunciado, pueden mantener la puntuación que les fue adjudicada en dicho CT. ( en los apartados e, f y g), esto lo deben de indicar en la solicitud. Deberán aportar los documentos justificativos de dichos méritos, desde el 21 de noviembre de 2001 hasta la fecha de finalización de la fecha de  presentación de instancias.

  • Los maestros  excedentes  que obtengan destino, deberán presentar en la DP donde obtengan  el destino, antes de la toma de posesión: copia compulsada de la Orden de  excedencia y declaración de no haber sido separado del Cuerpo, sino lo presentarán NO podrán tomar posesión, quedando su plaza como resulta para el próximo concurso de traslados.

  • Los maestros  excedentes  voluntarios, podrán concursar  sólo si al finalizar el presente curso escolar, han transcurrido dos años desde que pasaran a la situación de excedentes.

  • Los que les den  plaza en este concurso de traslados  y durante su tramitación hayan permutado, se anulará la permuta que se haya concedido.

  • Los destinos adjudicados en la resolución definitiva, serán irrenunciables.

  • Una vez obtenido destino definitivo, siempre se debe de esperar dos años, para poder volver a optar a plaza en el Concurso de Traslados.

  • Es muy importante, aquellas personas que posean una licenciatura, deben de incorporar junto con el título correspondiente  a la Licenciatura, el certificado de NOTAS, ya que caso de haber realizado la licenciatura en cinco años, la puntuación que se les otorga es de 3 puntos en vez de 1,5.

  • Os recordamos que existe el llamado “derecho de concurrencia o consorte” (máx. de 4 personas), se solicita   siempre que exista el deseo, de más de dos personas – pueden ser matrimonios-  que quieran cambiar de provincia. Con este derecho, se aseguran los participantes,  el derecho a ser destinados a una misma provincia,, de no obtener destino de esta forma, se consideraran desestimadas todas las solicitudes de todos los maestros  de un mismo grupo de concurrentes.

  • Las plazas del Primer Ciclo de la ESO, quedan reservadas para los maestros /as adscritos con carácter definitivo en dicho ciclo o aquellos que hayan ingresado en el Cuerpo con anterioridad a 1997 ( incluido este año.

  • Para solicitar plazas de Adultos, no se requiere ninguna habilitación.

  • No se procederá a la adjudicación de oficio a las plazas de carácter  singular – itinerante, ni a provincias  distintas a las solicitadas libremente en el apartado C de la instancia (sino se rellena este apartado C, se podrá dar de oficio cualquier plaza)

  • La toma de posesión, para los que obtengan destino definitivo, será el  1 de septiembre de 2003.

A continuación os detallamos las convocatorias, a través de las cuales  se pueden obtener destino:

1.      Convocatoria de readscripción en el Centro: participantes
  • Suprimidos (forzosos y voluntarios)
  • Mal adscritos (aquellos que se encuentran ocupando una plaza para la que no están habilitados)
  • Adscritos en el año 90 a una plaza a la que estuvieran habilitados y no se han movido de esa plaza desde entonces,
  • Maestros de CRAs que se adscribieron en  los procesos de adscripción convocados por las órdenes de 6 de abril del 90, 19 abril del 90, 17 de mayo del 90 y 21 de junio del 93,  y no se han movido del CRA (se pueden haber cambiado de localidad)
2.      Convocatoria de derecho Preferente:
Tendrán derecho preferente  por una sola vez  y con ocasión de vacante o resulta a obtener destino en una  localidad /zona determinada, los funcionarios de Carrera  que se encuentren
  • Los que tengan reconocido  por resolución Adm. ,  localidad
  • Los Suprimidos.
  • Los maestros en centros en el extranjeros que hayan cesado de los mismos.
  • Los maestros que transcurridos  tres o seis años de adscripción a la función inspectora deban incorporarse al puesto correspondiente de su Cuerpo.
  • Los maestros en situación de excedencia por cuidado de hijo, en el supuesto de perdida del puesto de trabajo por el transcurso de primer año
3. Convocatoria de Concurso:
  • Podrán participar voluntariamente en esta convocatoria los funcionarios de carrera que se encuentren en servicio activo ( los que se encuentran en excedencia voluntaria  siempre que al finalizar el presente curso escolar  hayan transcurrido dos años desde que pasaron a esta situación de excedencia, los suspendidos.
  • Aquellos maestros / as que deseen participar en esta convocatoria 3) a una plaza de su centro  (cambio de especialidad o ciclo ), en el caso de obtener la plaza “ no pierden los puntos “ y conservan su antigüedad dentro del Centro.
  • Quienes participen en varias de estas convocatorias utilizarán una única instancia.
  • Los puntos del apartado b) del baremo, referidos a puestos de difícil desempeño, se incorporan al participante de oficio por parte de la D.P,  a aquellos / as que concursen desde un Centro catalogado de difícil desempeño. Para la incorporación de estos puntos debe de estar todo el CRA catalogado como tal, las localidades que con anterioridad a la creación  de los CRAs estuvieran catalogadas de DD y pasaran a formar parte de un CRA no catalogado como tal, no se les computan estos puntos ya que se especifica en este apartado que  “ tiempo de permanencia ininterrumpida con destino definitivo DESDE el que se solicita “



 

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