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Por ORDEN
EDU/2192/2009, de 24 de noviembre, se convocó concurso de
traslados y procesos previos, de carácter autonómico, entre los
funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros para la provisión
de puestos de trabajo en el ámbito territorial de gestión de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León.
De conformidad con la base vigésimo cuarta de la citada
convocatoria, corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos
la adjudicación provisional de los destinos. Asimismo, al ser
irrenunciables los destinos adjudicados en la resolución definitiva
del presente concurso de traslados y procesos previos, se hace
necesario conceder un plazo para efectuar las oportunas alegaciones
y renuncias a los destinos adjudicados provisionalmente, conforme a
la presente Resolución.
A tenor de lo anteriormente expuesto y en virtud del artículo 7 del
Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección
General
RESUELVE:
Primero.– Aprobar la adjudicación, con carácter
provisional, de los destinos que han correspondido a los Maestros
que participaron en el concurso de traslados y procesos previos, de
carácter autonómico, convocado por la Orden EDU/2192/2009, de 24 de
noviembre.
En los Anexos I, II y III se insertan las adjudicaciones
provisionales del proceso de readscripción de centro, derecho
preferente a obtener destino en una localidad o zona determinada y
concurso, respectivamente.
Las adjudicaciones contenidas en los Anexos I y II se relacionan por
orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por
orden alfabético de localidades, y en el Anexo III por puntuación,
de mayor a menor.
Segundo.– Ordenar la publicación en los tablones de
anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación de los Anexos
de la presente Resolución y del listado alfabético general de
participantes, con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su
caso, el destino concedido o denegado.
Esta Resolución junto con sus Anexos se publicarán en la sede
electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
(http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Con el objeto de dar a la presente Resolución la mayor publicidad
posible, se procederá a la inclusión de la misma, de los Anexos y de
la relación alfabética de participantes en el Portal de Educación de
la Consejería de Educación (http://www.educa.jcyl).
Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del servicio
Telefónico de Información y atención al Ciudadano 012 (para llamadas
desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 902 910 012).
Tercero.– Declarar excluidos de la participación en el
citado concurso de traslados y procesos previos a los participantes
que figuran en el Anexo IV, con indicación de las causas que han
motivado su exclusión.
Cuarto.– El plazo para efectuar las correspondientes
alegaciones a que hubiere lugar será de
siete días naturales
a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente
Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Asimismo, dentro de dicho plazo, los Maestros que hayan participado
voluntariamente, hayan alcanzado o no destino provisional, podrán
renunciar a su voluntaria participación en los procesos. Los que
hayan concurrido a más de una convocatoria pueden renunciar a una
sola, a varias o a todas en las que hayan participado. No se podrá
renunciar a un destino concreto. La admisión de la renuncia produce
la baja automática en el proceso que se trate y, en el supuesto de
haber obtenido destino provisional, éste será anulado y adjudicado
en la resolución definitiva al concursante que corresponda.
No serán admitidas las renuncias de aquellos solicitantes que, de
conformidad con la base quinta de la Orden de convocatoria, estén
obligados a participar en el concurso, hayan obtenido o no destino
provisional.
Quinto.– Las alegaciones y renuncias deberán dirigirse al
Director/a Provincial de Educación de la provincia donde tenga
destino o proceda el solicitante y podrán presentarse en el registro
de la Dirección Provincial de Educación correspondiente.
Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que alude el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si en uso de este derecho, las alegaciones, la documentación o las
solicitudes de renuncia fueran remitidas por correo, será necesaria
su presentación en sobre abierto para que sean fechadas y selladas
por el empleado de correos antes de que se proceda a su
certificación.
Sexto.– Las alegaciones formuladas contra la resolución
provisional del concurso de traslados y procesos previos del Cuerpo
de Maestros se entenderán estimadas o desestimadas mediante la
publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la Orden
por la que se apruebe la adjudicación definitiva de destinos.
Valladolid, 9 de marzo de 2010.
La Directora General
de Recursos Humanos,
Fdo.: ROCÍO LUCAS NAVAS |