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Por
ORDEN EDU/2191/2009, de 24
de noviembre, se convocó concurso de traslados, de carácter
autonómico, entre los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de
Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de
Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y
Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y
Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para la
provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial de gestión
de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
De conformidad con la base decimoctava de la citada Orden, una vez
recibidas en la Dirección General de Recursos Humanos las actas de
las Comisiones Dictaminadoras, con las puntuaciones asignadas a los
concursantes y aprobadas las plantillas provisionales, mediante
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos publicada en
el «Boletín Oficial de Castilla y León», se procederá a la
adjudicación provisional de los destinos que pudieran
corresponderles con arreglo a sus peticiones y a las puntuaciones
alcanzadas.
Asimismo, al ser irrenunciables los destinos adjudicados en la
Resolución definitiva del presente concurso de traslados se hace
necesario conceder un plazo para efectuar las oportunas alegaciones
o, en su caso, renuncias totales a su participación.
A tenor de lo anteriormente expuesto y en virtud del artículo 7 del
Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la
Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección
General
RESUELVE:
Primero.– Aprobar la adjudicación, con carácter
provisional, de los destinos que han correspondido a los
funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,
Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos
y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de
Artes Plásticas y Diseño, que participaron en el concurso de
traslados de carácter autonómico, convocado por Orden EDU/2191/2009,
de 24 de noviembre, incluyendo, en el Anexo I, el listado de
participantes, ordenados por puntuación, a los que se les ha
concedido destino.
Segundo.– Ordenar la publicación en los tablones de
anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación del listado
alfabético general de participantes, con indicación de las
puntuaciones obtenidas y, en su caso, el destino concedido o
denegado.
Esta Resolución junto con sus Anexos se publicarán en la sede
electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
(http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Con el objeto de dar a la presente Resolución la mayor publicidad
posible, se procederá a la inclusión de la misma y de los listados
de participantes, ordenados por puntuaciones, a los que se ha
concedido destino, así como el listado alfabético general de
participantes con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su
caso, el destino concedido o denegado en el Portal de Educación de
la Junta de Castilla y León (htpp//www.educa.jcyl.es).
Dicha información también podrá obtenerse a través del Servicio
Telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 (para llamadas
de fuera de la Comunidad de Castilla y León: 902 910 012).
Tercero.– Declarar excluidos de la participación en el
citado concurso de traslados, a los participantes que figuran en el
Anexo II, con indicación de las causas que han motivado su
exclusión.
Cuarto.– Ordenar la publicación en las Direcciones
Provinciales de Educación de la relación de participantes que pueden
subsanar los documentos presentados en el citado concurso.
Quinto.– El plazo para efectuar las correspondientes
alegaciones a que hubiere lugar será
siete días naturales
a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente
Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Durante dicho plazo, podrá presentarse la documentación indicada en
el apartado anterior.
Asimismo, en el citado plazo, quienes hayan participado
voluntariamente en dicha convocatoria, hayan alcanzado o no destino
provisional, podrán presentar renuncia total a su participación en
el concurso.
La admisión de la renuncia produce la baja automática y, en el
supuesto de haber obtenido destino provisional, éste será anulado y
adjudicado en la Resolución definitiva al concursante que
corresponda.
No serán admitidas las renuncias a aquellos solicitantes que, de
conformidad con la base novena de la Orden EDU/2191/2009, de 24 de
noviembre, estén obligados a participar en el concurso, hayan
obtenido o no destino provisional.
Sexto.– Las alegaciones o
renuncias, y, en su caso, la documentación a que se refiere el
apartado cuarto, deberán dirigirse al Director/a Provincial de
Educación de la provincia donde tenga destino o proceda el
solicitante y podrán presentarse en el registro de la Dirección
Provincial de Educación correspondiente.
Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que alude el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si en uso de este derecho, las alegaciones, la documentación, o las
solicitudes de renuncia fueran remitidas por correo, será necesaria
su presentación en sobre abierto para que sean fechadas y selladas
por el empleado de correos antes de que se proceda a su
certificación.
Séptimo.– Las alegaciones formuladas contra la resolución
provisional del concurso de traslados, se entenderán estimadas o
desestimadas mediante la publicación en el «Boletín Oficial de
Castilla y León» de la Orden por la que se apruebe la adjudicación
definitiva de destinos.
Valladolid, 11 de marzo de 2010.
La Directora General
de Recursos Humanos,
Fdo.: ROCÍO LUCAS NAVAS |