|
Por Orden EDU/2119/2008, de 5 de diciembre, se convocó concurso de
traslados y procesos previos, de ámbito nacional, entre los
funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros para la provisión
de puestos de trabajo en el ámbito territorial de gestión de la
Administración de la Comunidad de Castilla y León.
De conformidad con la base vigésimo cuarta de la citada
convocatoria, corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos
la adjudicación provisional de los destinos. Asimismo, al ser
irrenunciables los destinos adjudicados en la resolución definitiva
del presente Concurso de Traslados, se hace necesario conceder un
plazo para efectuar las oportunas alegaciones y renuncias a los
destinos adjudicados provisionalmente, conforme a la presente
Resolución.
A tenor de lo anteriormente expuesto y en virtud del artículo 7 del
Decreto 76/2007, de 12 de julio, por el que se establece la
Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección
General
RESUELVE:
Primero.– Aprobar la adjudicación, con carácter
provisional, de los destinos que han correspondido a los Maestros
que participaron en el concurso de traslados y procesos previos, de
ámbito nacional, convocado por la Orden EDU/2119/2008, de 5 de
diciembre.
En los Anexos I, II y III se insertan las adjudicaciones
provisionales del proceso de readscripción de centro, derecho
preferente a obtener destino en una localidad o zona determinada y
concurso, respectivamente.
Las adjudicaciones contenidas en los Anexos I y II se relacionan por
orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por
orden alfabético de localidades, y en el Anexo III por puntuación,
de mayor a menor.
Segundo.– Ordenar la publicación en las Direcciones
Provinciales de Educación del listado alfabético general de
participantes, con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su
caso, el destino concedido o denegado.
Con el objeto de dar a la presente Resolución la mayor publicidad
posible, se procederá a la inclusión de la misma y de la relación
alfabética de participantes en el portal de Educación de la
Consejería de Educación (www.educa.jcyl.es) y se publicará en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación.
Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del servicio
Telefónico de Información y atención al Ciudadano 012 (para llamadas
desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 902 910 012).
Tercero.– Declarar excluidos de
la participación en el citado Concurso de Traslados a los
participantes que figuran en el Anexo IV, con indicación de las
causas que han motivado su exclusión.
Cuarto.– Ordenar la publicación
en las Direcciones Provinciales de Educación de la relación de
participantes que pueden subsanar los documentos presentados en el
citado concurso.
Quinto.– El plazo para efectuar las correspondientes
alegaciones a que
hubiere lugar será de siete
días naturales a contar desde el día siguiente de la
publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial de
Castilla y León».
Durante dicho plazo, podrá presentarse la documentación a que se
alude en el apartado anterior.
Asimismo, dentro de dicho plazo, los Maestros que hayan participado
voluntariamente, hayan alcanzado o no destino provisional, podrán
renunciar a su
voluntaria participación en los procesos,
adjuntando a su solicitud
fotocopia del D.N.I. Los que hayan concurrido a más de una
convocatoria pueden renunciar a una sola, a varias o a todas en las
que hayan participado. No se podrá renunciar a un destino concreto.
La admisión de la renuncia produce la baja automática en el proceso
que se trate y, en el supuesto de haber obtenido destino
provisional, éste será anulado y adjudicado en la resolución
definitiva al concursante que corresponda.
No serán admitidas las renuncias de aquellos solicitantes que, de
conformidad con la base quinta de la Orden de convocatoria, están
obligados a participar en el concurso, hayan obtenido o no destino
provisional.
Sexto.– Las alegaciones y
renuncias deberán dirigirse al Director Provincial de Educación de
la provincia donde tenga destino o proceda el solicitante y podrán
presentarse en el registro de la Dirección Provincial de Educación
correspondiente.
Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que alude el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si en uso de este derecho, las alegaciones, la documentación o las
solicitudes de renuncia fueran remitidas por correo, será necesaria
su presentación en sobre abierto para que sean fechadas y selladas
por el funcionario de correos antes de que se proceda a su
certificación.
Séptimo.– Las alegaciones
formuladas contra la resolución provisional del concurso de
traslados del Cuerpo de Maestros se entenderán estimadas o
desestimadas mediante la publicación en el «Boletín Oficial de
Castilla y León» de la Orden por la que se apruebe la adjudicación
definitiva de destinos.
Valladolid, 2 de abril de 2009.
La Directora General de Recursos Humanos,
Fdo.: Rocío Lucas Navas |