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Por
Orden EDU/1673/2006, de 25 de octubre, se convocó concurso de
traslados y procesos previos de ámbito nacional del Cuerpo de
Maestros para la provisión de puestos de trabajo vacantes en Centros
Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria y
Adultos, pertenecientes al ámbito de gestión de la Comunidad
Autónoma de Castilla y León.
De
conformidad con la base vigésimo sexta de la citada convocatoria,
corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos la
adjudicación provisional de los destinos. Asimismo, al ser
irrenunciables los destinos adjudicados en la resolución definitiva
del presente Concurso de Traslados, se hace necesario conceder un
plazo para efectuar las oportunas alegaciones y renuncias a los
destinos adjudicados provisionalmente, conforme a la presente
Resolución.
A tenor de
lo anteriormente expuesto y en virtud del artículo 6 del Decreto
79/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura
Orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.– Aprobar la adjudicación, con carácter
provisional, de los destinos que han correspondido a los Maestros
que participaron en la convocatoria anunciada por la Orden EDU/1673/2006,
de 25 de octubre.
En los Anexos I, II y III se insertan las adjudicaciones
provisionales del proceso de readscripción de centro, derecho
preferente a obtener destino en una localidad o zona determinada y
concurso, respectivamente.
Las adjudicaciones contenidas en los Anexos I y II se relacionan por
orden alfabético de provincias y, dentro de cada una de éstas, por
orden alfabético de localidades, y en el Anexo III por puntuación,
de mayor a menor.
Segundo.– Ordenar la publicación en las Direcciones
Provinciales de Educación del listado alfabético general de
participantes, con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su
caso, el destino concedido o denegado.
Con el objeto de dar a la presente Resolución la mayor publicidad
posible, se procederá a la inclusión de la misma y de la relación
alfabética de participantes en el portal de Educación de la
Consejería de Educación (www.educa.jcyl.es) y se publicará en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación.
Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del servicio
Telefónico de Información y atención al Ciudadano 012 (para llamadas
desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 902 910 012).
Tercero.– Declarar excluidos de
la participación en el citado Concurso de Traslados a los
participantes que figuran en el Anexo IV, con indicación de las
causas que han motivado su exclusión.
Cuarto.– El plazo para efectuar
las correspondientes
alegaciones a que hubiere lugar será de
siete días
naturales a contar desde el día siguiente de la publicación
de la presente Resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y
León».
Asimismo, dentro de dicho plazo, los Maestros que hayan participado
voluntariamente, hayan alcanzado o no destino provisional,
podrán renunciar a su
voluntaria participación en los procesos, adjuntando a
su solicitud fotocopia del
D.N.I.
Los que hayan concurrido a más de una convocatoria pueden renunciar
a una sola, a varias o a todas en las que hayan participado. No se
podrá renunciar a un destino concreto. La admisión de la renuncia
produce la baja automática en el proceso que se trate y, en el
supuesto de haber obtenido destino provisional, éste será anulado y
adjudicado en la resolución definitiva al concursante que
corresponda.
No serán admitidas las renuncias de aquellos solicitantes que, de
conformidad con la base quinta de la Orden de convocatoria, están
obligados a participar en el concurso, hayan obtenido o no destino
provisional.
Quinto.– Las alegaciones y
renuncias deberán dirigirse al Director Provincial de Educación de
la provincia donde tenga destino o proceda el solicitante y podrán
presentarse en el registro de la Dirección Provincial de Educación
correspondiente.
Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que alude el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si en uso de este derecho, las alegaciones o solicitudes de renuncia
fueran remitidas por correo, será necesaria su presentación en sobre
abierto para que sean fechadas y selladas por el funcionario de
correos antes de que se proceda a su certificación.
Sexto.– Las alegaciones
formuladas contra la resolución provisional del concurso de
traslados del Cuerpo de Maestros serán estimadas o rechazadas en la
Orden de resolución definitiva, que será publicada en el «Boletín
Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 14 de marzo de 2007.
La Directora General de Recursos Humanos,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
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