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Con el fin de proceder al nombramiento
de las Comisiones Dictaminadoras, que han de evaluar los méritos
alegados y debidamente justificados por los concursantes, en lo que se
refiere a los apartados 1.4.1, 1.4.2 y 2.1 del Anexo I.A) y 1.4.1,
1.4.2 y 2.1 del Anexo I.B), de la Orden EDU/1420/2003, de 3 de
noviembre, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios
docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria,
Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas,
Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero.–
La celebración el día
21 de enero de 2004, a las
10:30 horas, del sorteo para designar a los vocales de las
Comisiones Dictaminadoras, el cual tendrá lugar en el salón de actos
de la Consejería de Educación (Monasterio de Nuestra Señora del Prado,
Autovía del Puente Colgante, s/n, Valladolid).
Segundo.–
El Procedimiento para la realización del
sorteo, será el que se describe a continuación:
En primer lugar, se extraerán al azar
dos letras de abecedario, que determinarán las dos letras iniciales
del primer apellido del primer Vocal titular de cada Especialidad, de
cada uno de los Cuerpos indicados. En segundo lugar, se extraerán
otras dos letras que determinarán las dos iniciales del segundo
apellido del mismo Vocal. Si no existiera ningún primer y/o segundo
apellido, que comience con esas letras, se acudirá al inmediatamente
siguiente al orden alfabético, de acuerdo con la relación alfabética
de Profesores que se encuentren en servicio activo, en el ámbito de
gestión de la Consejería de Educación. Los restantes Vocales
titulares, serán los inmediatamente siguientes en orden alfabético,
entendiéndose que a las letras «ZZ», les suceden las «AA» y que la «CH»
y la «LL» estarán integradas, respectivamente en el orden
correspondiente, en las letras «C» y «L».
Los profesores que sucedan a estos en
orden alfabético y siempre dentro de cada especialidad, serán
designados como Vocales suplentes de las Comisiones, en igual número
que los titulares y por el mismo procedimiento.
Tercero.–
Se exceptúa de este procedimiento la
designación de Vocales, cuando no existan Profesores en número
suficiente de alguna de las especialidades objeto de concurso, así
como, por razón del escaso número de participantes, se nombre una sola
Comisión Dictaminadora para un grupo de especialidades.
En estos supuestos, los Vocales podrán
ser designados entre profesores de otras materias, pertenecientes a
los mismos Cuerpos a los que se refiere la convocatoria.
Valladolid, 13 de enero de 2004.
La Directora General
de Recursos Humanos,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
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