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Por Orden EDU/1420/2003, de 3 de noviembre, se convocó concurso de
traslados de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación
Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,
Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
De conformidad con la base decimoséptima de la citada Orden,
mediante Resolución de 2 de abril de 2004 de la Dirección General de
Recursos Humanos, se publicó la resolución provisional del citado
concurso de traslados, con el fin de que los interesados pudieran
presentar reclamaciones o renuncias a su participación.
Consideradas las reclamaciones y renuncias a que se refiere el
apartado anterior, y en cumplimento de lo dispuesto en la base
decimoctava de dicha Orden de convocatoria,
DISPONGO:
Primero.– Aprobar la Resolución definitiva del concurso de
traslados, incluyendo en el Anexo I que se adjunta, el listado de
participantes, ordenados por puntuación a los que se les ha
concedido destino, declarando desestimadas las reclamaciones no
recogidas en el mismo.
Segundo.– Hacer público en las Direcciones Provinciales de
Educación, el listado alfabético general de participantes, con
indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su caso, el destino
concedido o denegado.
Tercero.– Declarar excluidos de la participación en el citado
concurso de traslados a los participantes que figuran en el Anexo II,
con indicación de las causas que han motivado su exclusión.
Cuarto.– Aquellos concursantes que habiendo participado con carácter
forzoso según la base novena apartado 1.º de la Orden de
convocatoria, no hayan obtenido destino definitivo se les declara
pendiente de destino provisional.
Quinto.– La adjudicación de destinos provisionales para el curso
2004/2005, de aquellos concursantes que habiendo participado con
carácter forzoso, no hayan obtenido destino definitivo, se realizará
por las Direcciones Provinciales de Educación de la Junta de
Castilla y León, teniendo en cuenta las necesidades docentes para el
citado curso, las especialidades de las que sean titulares, las
puntuaciones obtenidas en este concurso, y demás criterios de
participación.
A tal efecto, en el plazo de diez días contados a partir de la
publicación de la presente Orden, se harán públicas en las
Direcciones Provinciales de Educación, los listados de participantes
que hayan quedado en situación de expectativa de destino, con
indicación de la provincia en la que hayan quedado en situación de
destino provisional, y de aquellos que habiendo ejercitado la opción
de cambio de provincia hubieran obtenido dicho cambio.
Los concursantes a los que se refiere este apartado, dispondrán de
un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la
publicación de los listados anteriormente referidos, para realizar
la solicitud de centros concretos, a los que deseen ser destinados
con carácter provisional dentro de la provincia en que hayan quedado
pendientes de destino provisional. A estos efectos, los titulares de
más de una especialidad podrán solicitar estos centros para
cualquiera de las especialidades de las que sean titulares.
Las solicitudes de peticiones de centros, deberán formalizarse en el
impreso que será facilitado en las Direcciones Provinciales y
deberán dirigirse al Director Provincial de la provincia en la que
hayan quedado pendientes de destino provisional, consignando los
centros que soliciten, por orden de preferencia, con los números de
código que figuren en los Anexos de la Orden EDU/1420/2003, de 3 de
noviembre.
En el supuesto de no presentar petición de centros o haciéndolo no
consignen suficientes peticiones, se les adjudicará de oficio
destino en centros ubicados en la provincia en la que hayan quedado
pendientes de destino provisional. Realizada la adjudicación de
destino, la Dirección Provincial procederá a su exposición en los
tablones de anuncios.
Sexto.– Sin perjuicio de que todos los concursantes que no obtengan
destino definitivo, deban presentar la solicitud ordinaria aludida
en el apartado anterior, los concursantes que deseen permanecer en
el mismo centro donde prestaron servicios durante el curso
2003/2004, deberán presentar petición en este sentido ante la
Dirección del centro, en el plazo de 5 días hábiles, a partir del
siguiente al de la publicación de esta Orden.
Concluido el plazo, el Director del centro remitirá las solicitudes
a la Dirección Provincial con informe global favorable, excepto en
los casos en que deseen manifestar disconformidad, la cual deberá
expresarse mediante informe individualizado y motivado del que se
dará traslado al interesado para que en el plazo de 5 días hábiles
realice las alegaciones que estime oportunas. La solicitud y el
informe motivado se remitirán a la Dirección Provincial acompañados,
en su caso, del escrito de alegaciones presentado por el interesado.
La solicitud de confirmación podrá concederse únicamente cuando
permanezca vacante la plaza desempeñada durante el curso 2003/2004,
y siempre que esta vacante no haya sido solicitada por el
profesorado que pudiera resultar desplazado de su centro de destino
definitivo por falta de horario, el cual tendrá preferencia para la
adjudicación de destinos provisionales para el curso 2004/2005.
Las Direcciones Provinciales antes de proceder a la adjudicación
ordinaria de centros, dictarán resolución indicando las
confirmaciones. A quienes no se confirme se les comunicará mediante
resolución individual motivada.
Séptimo.– La toma de posesión de los destinos obtenidos por la
presente Orden tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2004.
Octavo.– Con el objeto de dar a la presente Orden la mayor
publicidad posible, se procederá a la inclusión de la misma y del
Anexo I, II, y del listado alfabético general de participantes, con
indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su caso, el destino
concedido o denegado, en el Portal de Educación de la Junta de
Castilla y León (www.educa.jcyl.es).
Asimismo, dicha información podrá obtenerse a través del Servicio
Telefónico de Información y Atención al Ciudadano 012 (Para llamadas
desde fuera de la Comunidad de Castilla y León: 902 910 012).
Noveno.– Contra la presente Orden que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de
Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de
reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los
artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Valladolid, 31 de mayo de 2004.
El Consejero,
Fdo.: Fco. Javier Álvarez Guisasola
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